Hace unos días, la ONU aprobó un «proyecto de normas sobre las responsabilidades de las empresas multinacionales en la esfera de los derechos humanos» que será posteriormente remitido a la Asamblea General de la organización con el fin de que, tras su aprobación, se convierta en una convención internacional. En el texto del proyecto se afirma el derecho a la igualdad de oportunidades y a un trato no discriminatorio para quienes aspiren a conseguir un empleo en las compañías transnacionales, descartándose así toda condición que no guarde relación con la capacidad de una persona para desempeñar su trabajo.
Las empresas no podrán rechazar trabajadores por motivos de raza, sexo, religión, opinión política, nacionalidad, condición social, edad o discapacidad. De la posible obligación de las compañías a acatar una serie de normas se empezó a hablar en el Foro de Davos, en 1999, debatiéndose un proyecto inicial al año siguiente en la Cumbre del Milenio celebrada en Nueva York. Pero ha sido ahora, por iniciativa del secretario general de la ONU, Kofi Annan, cuando el proyecto ha tomado realmente cuerpo, habiéndose logrado hasta ahora el compromiso de 50 grupos multinacionales. La idea es positiva y responde a la necesidad de acabar de una vez por todas con prácticas tan irracionales como la utilización de la mano de obra infantil, el despido arbitrario, o el establecimiento de sueldos irregulares en función del calado social del trabajador.
Ahora se trataría de ver hasta qué punto pueden concretarse unos cauces que hagan posibles la presentación de querellas contra las multinacionales sospechosas de haber vulnerado el citado código y en caso de ser halladas culpables se dispongan las sanciones y reparaciones correspondientes. Ya que si no se cuentan con medios de probada eficacia legal, cualquier esfuerzo será en vano.