La Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Supremo ha admitido a trámite por sorpresa un recurso de queja presentado por el Consell de Mallorca en contra de las sucesivas sentencias del Tribunal Superior de Justicia de Baleares (TSJB) que anularon la moratoria aprobada en 1998, en la época en que la Comissió Insular d'Urbanisme estaba presidida por el socialista Francesc Quetglas. El Tribunal Superior de Justicia de Baleares anuló en el año 2001 la moratoria del Consell aprobada en la primera legislatura del Pacte de Progrés, que dejaba en suspenso la construcción de 76 urbanizaciones en Mallorca.
Según la sentencia del TSJB, que fue confirmada más tarde con la nulidad de todas las desclasificaciones de las urbanizaciones hechas sobre la base de la moratoria, el Consell de Mallorca no tenía competencias en materia de ordenación del territorio. Por esta razón, no podía ni aprobar normas cautelares ni desclasificar después los terrenos afectados por ellas. El auto del Supremo no significa que dé la razón al Consell en el fondo del asunto. De momento, acepta estudiar el caso para resolver si la institución tenía o no la facultad de suspender el planeamiento en determinados suelos urbanizables. El fallo definitivo vendrá con la sentencia del Supremo, que será la que decida si el Consell tenía o no competencias.
El Tribunal Supremo da la razón a las consideraciones recogidas por el Consell de Mallorca en su recurso. En ellas, la institución insular aseguraba que debe tenerse en cuenta el Texto Refundido de la Ley del Suelo de 1976, que sí permite a este tipo de instituciones acordar suspensiones de planeamiento en determinadas circunstancias. Los representantes de la Comissió Insular d'Urbanisme, que realizó ayer su sesión constitutiva, fueron informados del auto del Supremo que abre la puerta a una posible resolución del caso satisfactoria para los intereses del Consell.