Balears es la única comunidad estatal que carece de una legislación propia en materia de arrendamientos urbanos. Por ello, no dispone de un régimen sancionador que castigue al propietario de un piso de alquiler que no deposita en el Ibavi el mes o los dos meses de fianza que le entrega el inquilino al firmar el contrato de arrendamiento. Esa permisividad se traduce en los datos anuales de constitución y cancelaciones de fianzas que maneja el Ibavi. La gerente de este organismo, Teresa García, confirmó a Ultima Horaque durante el pasado año se constituyeron 4.009 fianzas, 2.992 en Mallorca, 725 en Menorca, 268 en Eivissa y 24 en Formentera, con un saldo (constituciones menos cancelaciones) global de 2,2 millones de euros. «Nosotros tenemos obligación de tener «vivo» el 30% de lo constituido para poder hacer frente a las cancelaciones en 24 horas», explicó García. El número de fianzas en 2002 ha descendido (un 42%) frente a 2001, un ejercicio que estuvo marcado por la campaña que realizamos y que fue excepcional», añadió. Según García, «la mayoría de propietarios incumple la normativa, es así, y si se observa por municipios es más evidente. Por ello, hemos puesto en marcha el pasado año la inspección, de momento, sin régimen sancionador, es decir, advertimos y lo máximo que hacemos es aplicar el 10% de recargo si no se pone al día en el plazo que le damos».
El Govern espera tramitar y aprobar la nueva Ley de Fianzas de la CAIB, pero no tiene prisa. «No es una normativa vital para nosotros, y de hecho existe un régimen sancionador pero es de 1942. En esta legislatura no hemos impuesto ninguna sanción, preferimos actuar de forma amable y cuanto salga la ley, aplicarla con todo su vigor», dijo la gerente del Ibavi. El Govern había anunciado en 2001 que aprobaría una ley para regular el depósito de fianzas de alquileres, pero dicho proyecto fue aparcado por la Conselleria d'Obres Públiques. De hecho, en la anterior legislatura también se había previsto aprobar una ley para regular este tipo de situaciones pero el proyecto legislativo no se llevó al Parlament. Por este motivo, el pago de las fianzas del Ibavi está regulado a través de una normativa que se redactó durante el franquismo. En principio, el Govern había previsto redactar un decreto para regular los depósitos, pero desde el Consell Consultiu recomendaron que se aprobase una ley.
Parte de los 2,2 millones de euros, como se sabe, es invertido por el Ibavi en la construcción de viviendas sociales de alquiler, ya que la ley le obliga a reservar un 30% en una cuenta bancaria para asegurar la liquidez necesaria para devoluciones.
Los propietarios de los inmuebles depositan el importe correspondiente a un mes de la mensualidad fijada si es un piso, y de dos meses, si se trata de un local comercial, en las entidades Sa Nostra, BBVA, Banca March, Es Crèdit, CAM, Colonya y la Caixa, que suscribieron un convenio con el Govern.
No obstante, y ante el alto índice de propietarios que no depositan la fianza en el Ibavi, Teresa García sostiene que «existe un alto grado de incumplimiento, sobre todo, entre los ciudadanos extranjeros». «Muy pocos de esos propietarios están depositando la fianza y, en el caso de los alemanes, no es por desconocimiento ya que en su país existe una normativa similar. Además, realizamos una campaña de información en medios de comunicación de Alemania», explicó la máxima responsable del Ibavi.