La Conselleria d'Innovació i Energia se ha basado en una ley derogada por el propio Pacte para argumentar la aprobación de una norma territorial cautelar que regula la instalación en territorio balear de antenas de telefonía móvil, entre otras cuestiones. El BOIB del pasado 11 de enero publica la aprobación definitiva de esta norma «de conformidad con lo previsto en la disposición adicional tercera de a Ley 8/1987, de 1 de abril, de Ordenación del Territorio de las Illes Balears».
Sin embargo, la aprobación de esta norma en virtud de esa ley es algo jurídicamente inviable ya que ha sido derogada en esta legislatura por el Pacte de Progrés. En su lugar, los diversos partidos que componen el Govern o le dan apoyo aprobaron un nueva Ley de Ordenación del Territorio que entró en vigor en el año 2000. Esta es la nueva ley que debe aplicarse a la hora de aprobar una norma territorial cautelar.
No son éstas las únicas dudas legales que suscita el hecho de que la normativa se haya aprobado de acuerdo con una ley que ya no existe. A ella se suma además el hecho de que la aprobación definitiva del texto se hizo tres meses más tarde del límite de plazo fijado por la ley.
Ante esta serie de errores, no se descarta que alguno de los ayuntamientos afectados por esta normativa decida impugnarla. De hecho, el objetivo de la norma cautelar sobre telecomunicaciones era tratar de acabar con el bloqueo impuesto por muchos municipios a la instalación de nuevas antenas de telefonía móvil. Los municipios se basaban en la inexistencia de una legislación reguladora, por lo que el Govern acordó aprobar esta normativa provisional para permitir la instalación de nuevas antenas en Balears.