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Medi Ambient podrá multar y demoler obras ilegales en espacios protegidos

La ley de biodiversidad contempla sanciones urbanísticas de hasta 3 millones de euros

En espacios como el Parc de Llevant la ley de biodiversidad plantea perseguir con dureza el urbanismo ilegal.

TOMEU GARCIES
La Conselleria de Medi Ambient tendrá la potestad de intervenir directamente en las ilegalidades urbanísticas que se detecten dentro de espacios protegidos. Así lo recoge la nueva ley de biodiversidad que se encuentra en tramitación en el Parlament. De aprobarse finalmente el texto legal, corresponderá en primera instancia al alcalde del municipio la resolución inicial de la infracción incluyendo la paralización cautelar de las obras.

Si en un plazo de cinco días desde de la presentación de la denuncia el alcalde no ha actuado, entonces el Consell Insular se subrogará automáticamente en las competencias de disciplina urbanística y el ayuntamiento quedará fuera de cualquier futura actuación. Pero si pasados otros cinco días el Consell tampoco ha actuado la Conselleria de Medi Ambient se subrogará y llevará adelante la tramitación del expediente de infracción, sin que el Consell pueda decir nada.

La ley de biodiversidad recoge que la construcción de edificaciones de nueva planta o la reforma de las existentes con más de un 25% del volumen original será considerado como una infracción muy grave que podrá ser sancionada con una multa que irá entre los 60.000 y los 3 millones de euros. Además, se prevé la demolición total de las obras ilegales que irá a cargo del propietario de la construcción.

En el caso que las obras sin permiso afecten a menos del 25% de lo ya edificado la sanción será más suave y oscilará entre los 6.000 y los 60.000 euros. Por si eso no bastara, se prevé que las infracciones muy graves no prescriban hasta los 15 años. Con este conjunto de medidas de disciplina urbanística la Conselleria de Medi Ambiente quiere garantizar que las diferentes instituciones harán cumplir la normativa urbanística vigente en estos momentos en los espacios protegidos y, a la vez, poder disponer de los mecanismos legales adecuados para intervenir de oficio si hace falta.

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