El Tribunal Superior de Justicia de Balears (TSJB) ha estimado el recurso presentado por la empresa de 'manteros' Santana Reisen S.A. en contra de una sanción de 1.800 euros (300.000 pesetas) impuesta por la Conselleria de Turisme al considera que hubo «caducidad del expediente sancionador». Ésta es una de las primeras sentencias favorables a la tesis de los 'manteros', empresas que venden diversos artículos a turistas que invitan a realizar excursiones.
El abogado de Santana Reisen alegó que habían transcurridos más de seis meses desde la paralización del expediente, y también adujo la «falta de pruebas de la infracción que se sancionó con los 1.800 euros».
La supuesta infracción cometida por Santana Reisen S.A. consistió en que «se realizó publicidad engañosa al anunciar y ofrecer una excursión gratuita con visitas a Cala Fornells y Port de Andratx, convirtiéndose ésta en una visita a la empresa JM Enterprise, en el Polígono Son Castelló, con fines comerciales».
El TSJB señala que desde la presentación de alegaciones al acuerdo de iniciación del expediente (2-3-1998), hasta la notificación de la propuesta de resolución (2-9-1998) transcurrieron más de seis meses, «por lo que ha de concluirse que la caducidad se produjo». Y añade: «A esta conclusión no es óbice que la propuesta de resolución estuviera elaborada el 2-9-1998, por cuanto hay que tener presente la fecha de notificación, y no la producción interna del acto».