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Cort aplicará medidas más duras contra los locales de ocio ruidosos

El Consistorio pondrá sanciones más elevadas, restringirá los horarios y no permitirá que los establecimientos estén juntos

Sa Llonja ha sido una de las zonas más conflictivas en estos últimos años.

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En el pleno que se celebra mañana en el Ajuntament de Palma se aprobará, de manera inicial, la ordenanza de regulación de horarios de apertura al público, de condiciones de los locales, de emplazamiento, y de instalación de los establecimientos de las ofertas de entretenimiento y restauración de concurrencia pública. Una vez concluidos todos los trámites se espera que la nueva ordenanza entre en vigor a mediados del próximo mes de julio. A partir de ahora Cort diferenciará entre establecimientos «sin música» y «con música», y éstos últimos se dividirán, a su vez, en dos grupos: salas de fiestas y discotecas, por una parte, y bares con música y cafés concierto, por otra.

Hasta ahora sólo se exigía que entre la hora de cierre y apertura de un local hubiese un periodo de dos horas. Cabe recordar, en este sentido, los problemas de ruidos causados por algunos locales after hours. En cambio, a partir de julio todos los locales tendrán ya un horario delimitado de apertura, como ya existe uno de cierre. En cuanto a la insonorización, se exigirá a los bares con música que, por ejemplo, dispongan de un vestíbulo más grande o dejen una mayor distancia entre las dos puertas de acceso al local. Otra medida impedirá la acumulación de locales de ocio, como ocurría hasta ahora, estableciéndose una distancia mínima de entre 125 metros y 225 metros entre el establecimiento ya existente y el que se vaya a instalar. «El simple hecho de la concentración de locales ya provoca ruidos», destacó el gerente del Àrea de Urbanisme, Carlos Rullán, quien indicó que Cort pondrá en marcha una oficina integrada de denuncias, que tramitará los expedientes en su totalidad.

Por lo que respecta a los nuevos horarios de apertura y cierre, por primera vez habrá unos de verano, del 15 de mayo al 15 de octubre, y otros de invierno, más restrictivos (ver gráfico). Por ejemplo, en verano los locales sin música abrirán a las 05.30 horas y cerrarán a las 02.30 horas en días laborables y a las 03.00 horas en días festivos. También en verano, las discotecas y bares con música abrirán a las 16.00 horas y cerrarán a las 05.15 horas y a las 03.00, respectivamente, en días laborables, y media hora más tarde en días festivos. Hasta ahora, los bares y restaurantes cerraban a las 04.00 horas y las discotecas a las 06.00 horas.

A los locales con música ya existentes que necesiten adecuar sus instalaciones se les dará un plazo para hacerlo. Si, por razones de estructura del local, no puede hacerse la reforma, el horario de apertura será a las 16.00 horas y el de cierre a las 02.30 horas. Por lo que respecta a las medidas cautelares, cabe destacar que por primera vez podrá cerrarse un local "por un periodo no inferior a dos días ni superior a quince" por una simple falta leve tras haberse abierto el pertinente expediente. Hasta ahora, en las faltas leves sólo se imponía una multa. La falta grave supondrá el cierre por un periodo mínimo de siete días y la falta muy grave por un periodo mínimo de un mes. En cuanto a las sanciones tras una infracción, cabe destacar que por una infracción leve el afectado pagará una multa de entre 150 y 300 euros, y su local será cerrado por un periodo de entre tres días y un mes. Por una infracción grave pagará entre 300 y 1.200 euros, y su local será cerrado por un mínimo de catorce días. Por una infracción muy grave pagará entre 1.200 y 1.800 euros, y su local será cerrado por un mínimo de tres meses. En caso de reincidencia se agravarían las sanciones.

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