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Antoni Cuart alega una enfermedad incurable para eludir la cárcel por el «caso Túnel»

El empresario, condenado en firme, remitió un escrito a la Audiencia de Palma

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El empresario Antoni Cuart, el único de los acusados en el «caso Túnel» que juzgó, entre otros, al ex president del Govern, Gabriel Cañellas, por haber aceptado un soborno de 50 millones de pesetas para otorgar a la Compañía Concesionaria del Túnel de Sóller la concesión de esa obra viaria, que ha sido condenado, ha alegado padecer una enfermedad incurable para eludir su ingreso en prisión. El Tribunal Supremo confirmó el pasado mes de diciembre la pena de nueve años y diez meses de cárcel para Cuart impuesta por la Audiencia de Palma que condenaba a Cuart por los delitos de estafa, apropiación indebida y falsedad, que habría cometido Cuart al frente de la Compañía Concesionaria del Túnel de Sóller.

Cuart remitió un escrito a la Sección Primera de la Audiencia de Palma, que ya le comunicó oficialmente que debe ingresar en la cárcel, solicitando que se anule esa orden por una enfermedad incurable. Fuentes del caso confirmaron a Ultima Hora que si Cuart quiere beneficiarse del beneficio que otorga el tercer grado «primero debe ingresar en la prisión y ser clasificado, según señala la Ley Penintenciaria». La elevada edad del penado, (79 años) en este caso, no es una causa atenuante. La Sala Segunda del Tribunal Supremo desestimó todos y cada uno de los recursos de casación a la sentencia del «caso túnel» dictada en 1997 por el TSJB. Según la sentencia, no procede casar la sentencia del TSJB en ninguno de sus apartados, con excepción de la actuación que tuvo Cuart.

La sentencia detalla con minuciosidad la trama, que define como «corruptora», en el diseño del concurso, elección del adjudicatario, la entrega de los 50 millones de pesetas que Cuart hizo a Cañellas y la posterior ejecución de las obras. En el juicio abierto en la Audiencia de Palma, Cuart intentó por todos los medios evitar la condena, sin éxito, ya que fue hallado culpable de los delitos de estafa, apropiación indebida y falsedad. El recurso que presentó fue rechazado por el Supremo y tendrá que cumplir una pena de casi diez años de prisión.

La sentencia del denominado «juicio del siglo» hecha pública en 1997 ocupó 42 folios a doble espacio, y en ella, el tribunal que juzgó el «caso túnel» acordó por unanimidad absolver a los acusados (Gabriel Cañellas, Jeroni Saiz, José Antonio Berastain y Antoni Cuart) de los delitos de prevaricación continuada y cohecho. En el primero de los delitos, la Sala, formada por los magistrados Angel Reigosa, José Zaforteza y Antonio Capó, acordó la absolución tras analizar de forma minuciosa el proceso seguido en la adjudicación de las obras y concesión de las prórrogas otorgadas a Cuart por el Govern que presidía Cañellas.

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