Nunca en la historia judicial de Balears, 74 votos "los que depositaron emigrantes de Balears en Argentina y Uruguay censados en Formentera en las pasadas elecciones autonómicas" habían dado tanto que hablar. Dos años y seis meses han pasado desde que la agrupación electoral Coalición de Organizaciones Progresistas, formada por el PSIB-PSOE, EU y Els Verds, presentó una denuncia ante la Fiscalía de Eivissa por un supuesto delito electoral cometido, presuntamente, en las elecciones del 13 de junio.
La denuncia hacía referencia a unas supuestas graves irregularidades detectadas en el censo electoral de Formentera. Los 74 votos favorecieron a una coalición independiente de partidos integrada por el PP, según declaró el ex presidente del PP de Formentera, Cándido Valladolid, ante el juez instructor de la causa Antoni Monserrat en el Tribunal Superior de Justicia de Balears (TSJB). En dos años y medio, el «caso Formentera» ha sido investigado por el Juzgado de Instrucción número 2 de Eivissa, que se inhibió a favor del TSJB debido a la condición de aforados de los diputados del PP Josep Juan Cardona y Antoni Pastor; por el juez Monserrat, que inició la toma de declaraciones a testigos e imputados el pasado día 9 de noviembre, y ahora está pendiente de que lo que resuelva el Tribunal Supremo tras la querella criminal presentada por el PSIB-PSOE y EU.
Los denunciados son el ministro de Medio Ambiente y ex president del Govern, Jaume Matas, la diputada nacional Rosa Estaràs, y otras 12 personas. Son acusados de cuatro supuestos delitos: fraude electoral, falsedad en documento, malversación de caudales públicos y asociación ilícita. La Sala Segunda del Supremo ha designado ponente al magistrado José Ramón Soriano para que resuelva si admite a trámite, o no, el caso y también, como es preceptivo, ha dado traslado a la Fiscalía para que se pronuncie. La Sala está formada por Luis Román Puerta (presidente), Eduardo Bacigalupo y José Ramón Soriano.
Si el Supremo admite a trámite el «caso Formentera», entonces la Sala podría pedir al TSJB todas las actuaciones realizadas hasta ahora e iniciaría la instrucción. Ello quiere decir que todas las personas incluidas en la querella criminal pasarían a tener la condición de querellados y se les tomaría declaración como imputados. También, puede ocurrir que la Sala del Supremo dé prioridad a la litispendencia, ya que la causa se instruye en el TSJB, y esperara a que ésta agote su instrucción en Palma. Si el Supremo no admite a trámite el «caso Formentera», la causa seguirá su instrucción normal en el TSJB.
Además, Jaume Matas y Rosa Estaràs, las dos personas aforadas que justifican la solicitud de que el Supremo se haga cargo del asunto, no podrían ser imputados, salvo que el juez Monserrat concluya que de las actuaciones practicadas se derivan posibles responsabilidades de ambos y se inhiba a favor del Alto Tribunal. Asimismo, el juez del TSJB puede dictar un auto abriendo juicio oral, o el fiscal pedir el archivo de la causa (o no) y el magistrado admitirlo o no. Todo un complejo proceso judicial que todavía no ha acabado.