El Juzgado de lo Contencioso-administrativo número 1 de Palma ha acordado la suspensión de 60 contrataciones temporales realizadas por el Consell de Mallorca el pasado mes de mayo. Esta suspensión responde a una impugnación previa realizada por Delegación del Gobierno, al entender que estas contrataciones temporales no se ajustan a lo que marca la Ley de Presupuestos del Estado.
Impugnación
Esta ley impide a las administraciones públicas a realizar
contrataciones temporales, a menos que se realicen por cuestiones
extraordinarias o de urgencia. Para Delegación del Gobierno, no es
éste el caso de las contrataciones aprobadas por la institución
insular, por lo que han sido impugnadas. Todos estos contratos se
realizaron para cubrir vacantes temporales en el área de Benestar
Social del Consell y el pleno del Consell fue informado de estas
contrataciones el pasado 7 de mayo.
De momento, se trata tan sólo de una suspensión a la espera de que el juzgado resuelva si estas contrataciones son o no son legales. El responsable de Recursos Humans del Consell, Antoni Alorda, se reunió el pasado jueves con la Junta de Personal de la institución para explicarles el auto del juez y anunciarles la presentación de alegaciones en contra de esta decisión judicial. Alorda explicó que, la mayor parte de las contrataciones temporales que se hicieron en su día ya han finalizado, ya que buena parte de ellas respondía a sustituciones por enfermedad.
En cualquier caso, la decisión del juez todavía afecta a unos 15 trabajadores temporales de la institución cuyo contrato ha quedado en suspenso hasta que el juez se pronuncie de forma definitiva. En el escrito de impugnación, la Delegación del Gobierno recuerda que es competencia exclusiva del Estado la regulación de las bases del régimen jurídico de las administraciones públicas y el régimen estatutario de los funcionarios, tal y como señala la Constitución Española en el artículo 143.
En el escrito presentado por Delegación del Gobierno se señala que, en caso de que las medidas aprobadas por el Consell tengan efecto, «el interés público resultaría lesionado porque, de aplicarse tales acuerdos, se podría producir una discriminación entre determinados colectivos funcionariales». Hasta que el juez no se pronuncie sobre la legalidad o no de la aprobación de estos contratos, quedarán en suspenso con el fin de evitar que produzcan perjuicios mayores.
La institución, muy preocupada, ya que puede crearse un
precedente
El responsable de Recursos Humans del Consell reconoció que la
institución está muy preocupada, ya que, en caso de que la
sentencia sea negativa para la institución, puede crearse un
peligroso precedente que impida hacer determinadas contrataciones
aunque sean necesarias. Alorda puso como ejemplo cualquier baja que
se produzca entre los trabajadores de las residencias sociales del
Consell. Señaló que este personal es necesario para poder atender a
los ancianos, por lo que deben ser contratados aunque sea
temporalmente.