Detrás de cada sentencia, de cada resolución judicial, existe siempre, ligada al conflicto que finalmente se ha resuelto, una historia personal que, con frecuencia, merece la pena ser conocida y contada. En ocasiones esta historia es triste, en otras trágica, o sorprendente, o hermosa. Una de las últimas sentencias de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justícia de Balears (TSJB) nos habla, en este caso, de una historia triste y hermosa a la vez, la de un jardinero municipal que, pese a la decisión de trasladarlo tomada por el Ajuntament de Palma, no quería abandonar el jardín en el que había estado trabajando durante los últimos años.
Los superiores del jardinero Simó Capó, oficial primero funcionario, decidieron en enero de 1998 trasladarlo desde el Parc de sa Quarantena, donde venía trabajando con regularidad, hasta el Parc de la Mar. El Parc de sa Quarantena se encuentra en las inmediaciones de la calle Joan Miró. Es un parque recoleto, bien cuidado, al que suelen acudir personas mayores en busca de un poco de sol o de sombra "depende de las estaciones", parejas de amigos y amigas tímidas que no se deciden a declarar sus sentimientos amorosos y algún que otro pequeñajo con inquietudes atléticas "carreras de obstáculos y salto de altura" acompañado de sus resignados y no tan atléticos padres.
La sentencia del TSJB, favorable a Simó, cuenta todos los pormenores de la historia con el rigor "y la poca efusión sentimental" que suele caracterizar al lenguaje jurídico. En febrero de 1998 le fue comunicado el traslado a Simó, quien al día siguiente pidió que fuera reconsiderada la medida y revocada la orden de traslado. La razón alegada por el Consistorio para el cambio era la de la reorganización del servicio. Sin embargo, en una nota interna de Cort se señalaba que el verdadero motivo del traslado era por «diferentes problemas o malestares que va provocando este oficial».
En mayo de 1998 un médico certificó que Simó padecía una depresión reactiva «desencadenada posiblemente por el traslado» y una doctora que, según señala el TSJB, realizaba tareas de médico de empresa para el Ajuntament de Palma informó de que los antecedentes depresivos de Simó se habían visto agravados de forma importante «desde dicho cambio de destino», por lo que aconsejaba su retorno al Parc de sa Quarantena. En agosto de 1998 Simó interpuso un contencioso contra Cort.
La sentencia del TSJB, del 27 de julio de 2001, anula la orden de traslado y declara el derecho del recurrente a reincorporarse al Parc de sa Quarantena. Esta resolución habrá supuesto un motivo de alegría no sólo para Simó, sino también para las personas mayores en busca de un poco de sol, los enamoradizos tímidos y los renacuajos atléticos que acuden cada día a sa Quarantena, el jardín que tanto ama y quiere Simó.