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El Plan de Pesca de Cabrera limita a 20 las barcas que pueden faenar al día

La normativa incluye un censo de las 84 embarcaciones que cumplen las condiciones

J. RODRÍGUEZ
El nuevo Plan de Pesca de Cabrera que aprobó ayer el Consejo de Ministros establece en 20 el número máximo de embarcaciones que pueden faenar al día en aguas del Parque Nacional Marítimo-Terrestre e incluye como anexo un censo de los 84 buques que cumplen las condiciones y, textualmente, «son susceptibles de ser autorizados a desarrollar la pesca tradicional en la zona». En una nota hecha pública el Gobierno recuerda que el Real Decreto aprobado para establecer el régimen de protección de los recursos pesqueros es «un instrumento clave para asegurar la biodiversidad marina en el parque y, al mismo tiempo mantener una actividad tradicional».

El plan, elaborado por la Administración del Parque Nacional, nace con la idea de no incrementar el esfuerzo pesquero en la zona, asegurar el mantenimiento de la actividad pesquera y permitir a las cofradías locales, como representantes del sector, constituirse en corresponsables en su ejecución.

De esta forma, la normativa se aplicará en todas las aguas del parque nacional excepto un conjunto de zonas de regeneración donde no se podrá faenar excepto con fines experimentales. En este apartado se incluyen las zonas de reserva marina y las zonas de uso moderado autorizadas para el buceo.

Asimismo se establecen un conjunto de vedas temporales específicos para cada tipo de actividad pesquera y las artes autorizadas, descartándose aquellas que no tienen un carácter selectivo. La normativa, que tendrá una vigencia indefinida independientemente de los ajustes que se pueden realizar, incluye un mecanismo para el seguimiento continuado y el control de la actividad, así como el régimen sancionador.

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