La Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Balears (TSJB) ha estimado la demanda de conflicto colectivo formulada por la Unión Sindical Obrera (USO) contra la Comunitat Autònoma de les Illes Balears (CAIB), más concretamente la Conselleria de la Funció Pública i Interior, y declaró el derecho de todo el personal laboral, con independencia de su condición de fijo o no, a que le sea reconocido el complemento de antigüedad previsto en el artículo 43 del convenio colectivo de la CAIB.
Ésta es la segunda sentencia dictada a favor de las tesis defendidas por USO, quien solicitaba que el complemento de antigüedad alcance a todo el personal laboral que preste servicios para esta Administración de la CAIB durante al menos tres años consecutivos.
Ello implica, según USO, que unos 150 trabajadores podrán beneficiarse del complemento de antigüedad. En un comunicado, el sindicato dice que valora como más importante «que la discriminación salarial generada por este concepto quede erradicada de esta administración de la CAIB y con el personal laboral».