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El INE afirma que es imposible inscribir a un fallecido para votar en Balears

El Gobierno pidió a los consulados que ampliasen el censo en 1996

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El Instituto Nacional de Estadística calificó ayer de «imposible» que una persona pueda ser inscrita en el censo electoral una vez muerta. El delegado provincial de Balears del INE, Joan Pons, justificó que la aparición en el censo electoral de personas argentinas vinculadas a Balears se debe a que una ley orgánica exigía a los consulados que inscribiesen de oficio en el censo a todos los emigrantes registrados en las oficinas consulares. «Muchas personas residentes en el extranjero fallecen y sus familiares no lo comunican a los consulados. Por este motivo siguen en el censo», razonó Pons.

El INE ha comprobado que todos los casos de personas censadas en Balears y que habían fallecido antes de las votaciones autonómicas de 1999 fueron inscritas en 1996 de oficio por sus consulados. Por este motivo aparecieron en el censo de las elecciones autonómicas del 99, las primeras que se celebraron después de la aprobación de la orden de abril de 1996 por la cual se dictaban normas técnicas para la actualización mensual del censo electoral.

El INE ha comprobado que los fallecidos originarios de Balears y cuyos nombres han sido difundidos forman parte del listado que los consulados tuvieron que ampliar de oficio por orden del Gobierno socialista. Ninguno de los fallecidos se inscribió a partir de 1996, lo que confirmaría que sí se produjo una manipulación del censo. En el INE han descartado esta posibilidad. Según Joan Pons, el INE actualiza el listado de los censos de emigrantes cuando aparecen personas con más de 100 años de edad. A partir de ese momento los consulados reciben la instrucción de revisar toda la información, aunque no siempre pueden contrastarla. Muchos de ellos han cambiado de domicilio y los funcionarios consulares no se atreven a certificar los fallecimientos.

Esta tramitación es mucho más sencilla en Balears ya que son los propios registros los que comunican los fallecimientos a Estadística. La votación por parte de personas muertas también es «prácticamente imposible», según el INE. Las personas censadas reciben en sus domicilios todas las papeletas por correo certificado. Las papeletas deben ser remitidas a la junta electoral acompañadas por el certificado del censo, que se expide desde Balears, y la documentación del votante. Este sistema se utiliza en elecciones autonómicas, generales y europeas. El INE sólo puede investigar si algún fallecido ha votado «cuando lo pide un juez o un familiar». Por lo tanto, es imposible detectar si un fallecido además de votar lo haya hecho a un determinado partido político, según Joan Pons.

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