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El Govern suspende las ferias de ganado y las carreras de caballos

El Ministerio de Agricultura prohíbe hasta el 9 de marzo la concentración de rumiantes, cerdos y equinos para evitar casos de fiebre aftosa

La final de la Cursa des Cós ha tenido que ser suspendida ya que las medidas afectan también a los caballos.

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Hasta el próximo viernes 9 de marzo estará prohibido en Balears, y en toda España, la concentración de animales rumiantes (cabras, ovejas, vacas...), de cerdos y de caballos en ferias, mercados, centros de concentración, subastas y certámenes ganaderos. Se trata de una medida cautelar adoptada ayer por el Ministerio de Agricultura con motivo de la aparición de la fiebre aftosa en el Reino Unido y con el objetivo de «evitar la entrada y extensión de esta enfermedad en España».

La Conselleria d'Agricultura, encargada de hacer cumplir esta orden, considera que se trata «de una medida preventiva de ámbito estatal eficaz, dada la necesidad de aplicar las máximas garantías ante las epidemias animales que puedan afectar a la cabaña ganadera». También se prohíbe la salida de animales que se encuentren en un centro de concentración en el momento de entrada en vigor de esta orden (hoy jueves).

Una medida similar se tuvo que adoptar en Balears a raíz de la aparición de la enfermedad de la «lengua azul» y que se prolongó hasta mediados de enero. Debido a la época en que aparecieron los casos muchas ferias animales se vieron afectadas. En esta ocasión la «cuarentena» afectará de lleno al mercado de animales vivos de Sineu (el próximo miércoles) y que no se podrá celebrar. La medida afectará de lleno a la final de la Cursa des Cós del domingo y a las carreras en el Hipódromo de este fin de semana, en que se iba a celebrar el Gran Premi Comunitat Autònoma, ya que la orden del Ministerio contempla también la prohibición de concentración de caballos (son muy propagadores).

Paralelamente, la orden ministerial prohibe de forma cautelar el movimiento en todo el país de animales vivos, semen, óvulos y embriones de las especies ovina y capruno. No obstante, está permitido el movimiento de animales vivos de las especies ovina y capruno destinados al matadero «siempre que se garantice que en el matadero no se producen contactos con animales de otras especies, así como con los medios de transporte de otras especies, además de la intensificación de las medidas de limpieza y desinfección de locales y vehículos».

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