La titular de Juzgado de lo Contencioso Administrativo número 1 de Palma, Carmen Frígola, estimó un recurso presentado por el funcionario de Cort Juan Ramón Dols en contra del decreto de Alcaldía de Palma número 6838 de fecha 21 de junio de 2000 que le denegaba el permiso de una hora diaria de ausencia del trabajo para dedicarlo al cuidado de un hijo menor de nueve meses.
La juez decretó «el derecho de Juan Ramón Dols a recibir una indemnización por parte del Ayuntamiento de Palma a razón del pago de la cantidad resultante de aplicar una hora extraordinaria para cada día y hora que debió disfrutar de ese permiso durante todo el tiempo que no lo hizo, cantidad que se liquidará en ejecución de sentencia».
Cort se había amparado en el artículo 19 del Pacto sobre las Condiciones de Trabajo de los Funcionarios del Ayuntamiento para denegar ese permiso, basándose en que es preciso para su concesión que ambos progenitores trabajen y sólo uno de ellos disfrute de ese permiso. «En el caso del recurrente, al no trabajar fuera del hogar su esposa, no procede dicho permiso», según alegó la letrada del Ayuntamiento en el transcurso del juicio.