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La juez rechaza el recurso de Skase contra su expulsión

El empresario australiano, residente en Andratx, puede apelar ante el TSJB

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La titular del Juzgado de lo Contencioso Administrativo de Palma, Carmen Frígola, ha rechazado, por segunda vez, un recurso presentado por los abogados del empresario australiano residente en Andratx, Christopher Skase, para evitar su expulsión de España decretada por la delegada de Gobierno, Catalina Cirer, el 22 de febrero de 1999. La sentencia puede ser recurrida ante el Tribunal Superior de Justicia de Balears (TSJB). Según confirmaron fuentes judiciales, el prolongado proceso de expulsión de Skase volverá a sufrir un retraso tras el recurso que, con toda probabilidad, presentará Skase.

En la sentencia se recuerda que las causas de expulsión de Skase son las contempladas en el artículo 26.1 a) y c) de la ley Orgánica 7/85 por encontrarse ilegalmente en territorio español «por no haber obtenido el permiso de residencia que le fue denegado el 26 de octubre de 1998, sin haber abandonado el país, así como estar implicado en actividades contrarias a los intereses españoles o que puedan perjudicar las relaciones de España con otros países».

Australia tiene preparada desde hace tiempo toda la documentación para un nuevo proceso de extradición de Skase en caso de que sea expulsado de España.
El Gobierno de ese país, sin embargo, no se hace ilusiones sobre una inminente expulsión de Skase de España porque sabe, por experiencias anteriores, que las decisiones son apeladas una y otra vez. La fiscalía pública australiana tiene preparada toda la documentación de solicitud de extradición para presentarla en cualquier país adonde Skase vaya en caso de ser expulsado de España, donde el intento de extradición fracasó en 1994. La titular del juzgado de lo contencioso administrativo número uno de Palma autorizó, de nuevo, la expulsión del empresario australiano al considerar que su permanencia en España perjudica los intereses del Estado y dificulta las relaciones bilaterales entre ambos países, según la sentencia.

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