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El 68% de los alumnos que lo pidieron han quedado exentos de estudiar catalán

En el curso 1998-99 se han presentado 365 solicitudes, cifra similar a la de otros años

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La Conselleria d'Educació del Govern balear ha recibido 365 solicitudes de exenciones del aprendizaje de catalán en el primer trimestre del curso 1998-99, de las que ha otorgado el 68%, porcentaje que, en números absolutos, representa 249 exenciones condedidas. La administración educativa ha denegado 57 solicitudes, de las que 26 no cumplían los requisitos establecidos en la normativa y 31 por haberse presentado fuera de plazo. Asimismo, 59 solicitudes están pendientes de resolución, por documentación incompleta.

A lo largo del curso, preferentemente coincidiendo con el comienzo de la temporada turística, llegan hasta la Conselleria algunas peticiones más.

Por islas, en Mallorca, se han otorgado en el presente curso 207 exenciones y se ha denegado 20; en Eivissa, 32 y 4, y, en Menorca, 10 y 2, respectivamente.

La volumen de solicitudes que llega a la Conselleria cada año sigue una tendencia de estabilidad en torno a las 350, al igual que ocurre con el número de exenciones otorgadas y no concedidas. En el curso 1997-98, se otorgaron 337 exenciones y denegaron 39 y, en el curso anterior, se concedieron 325 y no se otorgaron 17.

La mayoría se piden por residencia temporal
La residencia temporal en las Illes Balears es la principal causa que alegan los alumnos que piden quedar exentos de aprender la lengua catalana y, por tanto, la mayoría de solicitudes resueltas favorablemente son por este motivo. Este curso, de las 249 exenciones concedidas, 215 se han otorgado por residencia temporal.

La Orden de Regulación de las Exenciones del Estudio de la Lengua Catalana establece que únicamente se podrá alegar residencia temporal cuando el tiempo de estancia en las Islas sea inferior a tres años. Los solicitantes de exención por residencia temporal deberán justificarla mediante una certificación expedida por un organismo o la empresa donde trabajen el interesado o el padre o tutor, que deberá indicar el tiempo previsto de estancia en Baleares.

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