Alexandra L. Phelan, especialista en salud y derecho a nivel mundial del Centro Médico de la Universidad de Georgetown (Estados Unidos), ha advertido de que los llamados pasaportes de inmunidad, que identificarían qué personas han desarrollado anticuerpos frente a la COVID-19, plantean «importantes cuestiones prácticas, equitativas y legales».
En un artículo publicado en la revista The Lancet, la experta resalta que estos certificados «crean una restricción artificial sobre quién puede y quién no puede participar en las actividades sociales y económicas», alertando de que esto crea «un incentivo perverso para que los individuos busquen la infección».
«Los pasaportes de inmunidad serían útiles tanto para la corrupción como para el sesgo implícito y exacerbarían el daño infligido por Covid-19 a poblaciones ya vulnerables», argumenta Phelan. La especialista añade que las personas «más incentivadas para buscar la infección podrían ser también las que no pueden o, comprensiblemente, dudan en buscar atención médica debido al costo y al acceso discriminatorio».
Los pasaportes de inmunidad también se enfrentarían a desafíos legales, según Phelan. Si bien el Reglamento Sanitario Internacional prohíbe las medidas sanitarias que son discriminatorias e impiden los viajes internacionales, en la actualidad es posible que los países no cuenten con leyes que aborden expresamente la discriminación que experimentan quienes no tienen «inmunoprivilegios».
«Los pasaportes de inmunidad correrían el riesgo de consagrar esa discriminación en la ley y socavar el derecho a la salud de las personas y la población por los incentivos perversos que crean», afirma. Por el contrario, si y cuando se desarrolla una vacuna, considera que los certificados de vacunación pueden ser una herramienta importante para incentivar la vacunación, la protección de las pruebas y la reanudación del comercio y los viajes internacionales.
A diferencia de los pasaportes de inmunidad, los certificados de vacunación están expresamente permitidos por el Reglamento Sanitario Internacional, que rige el momento en que los países pueden utilizarlos. Phelan establece los pasos legales necesarios para poder utilizar los certificados de vacunación en la respuesta a Covid-19.
«Hasta que no se disponga de una vacuna y se pueda acceder a ella, lo cual no está garantizado, la salida de esta crisis se basará en las prácticas de salud pública establecidas de pruebas, rastreo de contactos, cuarentena de contactos y aislamiento de los casos. El éxito de estas prácticas depende en gran medida de la confianza y la solidaridad públicas y de que se aborden (no se afiancen) las desigualdades e injusticias que contribuyeron a que este brote se convirtiera en una pandemia», concluye Phelan.