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¿Por qué los países de la UE no tienen obligación legal de acoger al Aquarius?

Imagen de una patera con inmigrantes rescatados por el Aquarius. | Guglielmo Mangiapane

| Madrid |

Ningún país de la Unión Europea tiene la obligación legal de ofrecer uno de sus puertos para que en él puedan desembarcar los inmigrantes y refugiados que son rescatados por buques de ONG en aguas del Mediterráneo, al menos según el derecho marítimo internacional. Por ello, el Gobierno de Malta presume de haber autorizado al buque Aquarius con 141 personas a bordo a atracar en uno de sus puertos, recalcando que lo hace pese a no estar obligado por ley.

Los expertos en la materia Juan Luis Pulido y José Antonio Infiesta Alemany coinciden al señalar que no existe ninguna norma dentro de la Unión Europea (UE) que obligue a acoger a un barco con personas rescatadas a bordo, pero tampoco hay una ley que lo impida. «Si se quiere, se puede», argumenta el letrado Infiesta Alemany, socio fundador del despacho Islaw Abogados. Según explican los dos expertos, entrar en un puerto «no es un derecho».

Sobre la mesa solo existe la obligación de prestar auxilio a las personas que se encuentran en peligro de ahogarse en el mar. De hecho, el Convenio Internacional sobre Salvamento Marítimo obliga al capitán de un buque a rescatarlas, documento que indica además que los estados adoptarán las medidas necesarias para dar efectividad a ese deber. Juan Antonio Pulido, cuya especialidad es el derecho marítimo y es consejero académico del despacho de Abogados Martínez-Echevarría, apunta que, «siguiendo la lógica» de priorizar la salvación de vidas y de garantizar los derechos humanos, «lo normal» es que el barco se vaya al puerto «más próximo». Pero incide en que los puertos «no están obligados a recibir a buques que sean pabellón extranjero», por lo que Italia «no incumple ninguna norma del derecho internacional» al negarse a recibir a los buques de salvamento que operan en aguas del Mediterráneo y que no tienen bandera italiana. «Es un país soberano y puede recibir en sus puertos a los buques que estime oportuno», sostiene, para después ejemplificar que se puede denegar la entrada de cualquier barco que se considere que «representa un peligro».

En este contexto, los dos expertos en derecho marítimo recalcan que España puede cerrar el paso a cualquier barco de rescate y no tiene que justificar su negativa desde un punto de vista legal. «Cualquier excusa es válida para justificar la no entrada en el país, desde la alegación de insuficiencia de medios hasta el peligro de desestabilización social», destaca Infiesta Alemany, que apunta que el Gobierno «no tiene que ofrecer una argumentación legal», sino que «lo que debe hacer es asumir el coste político de negar asistencia a personas en peligro». Hace dos meses, el Gobierno autorizó el atraque en el puerto de Valencia al mismo buque, que llevaba a bordo a 629 migrantes rescatados en aguas del Mediterráneo. En esa ocasión, el Ejecutivo argumentó que era una «situación de emergencia» y una «obligación humanitaria» ofrecerle un puerto seguro donde amarrar. Pero no lo hizo con los 141 migrantes que actualmente van a bordo del Aquarius. Fuentes del Palacio de la Moncloa justifican su negativa a la acogida alegando que «España no es el puerto más seguro porque no es el puerto más cercano según lo establecido en el derecho marítimo internacional».

PUERTO SEGURO VS PUERTO CERCANO

Preguntados al respecto los expertos consultados coinciden al afirmar que la decisión de acoger o no acoger es «estrictamente política», no jurídica. «No existe una norma que identifique puerto seguro con puerto cercano. Esto es simplemente una cuestión de voluntad política», apunta Infiesta Alemany, que sostiene que en «términos marítimos, un puerto seguro es aquél al que un buque pueda acceder sin peligro físico o político». Así pues, según considera, actualmente «cualquier puerto de la Unión Europea es un puerto seguro en sentido estricto». «Relacionar seguridad con cercanía sólo tendría sentido si el buque no estuviera en condiciones de realizar la travesía para llegar a dicho puerto, y no parece que ése sea el caso», asevera, recordando que el Aquarius ya se desplazó hasta España teniendo que navegar varios días por su lejanía.

A su juicio, con este mensaje el Ejecutivo pretende atribuir la responsabilidad de la acogida al país más cercano, algo que, en su opinión, es «simplemente lógico». Esto es lo que ha sucedido finalmente con los 141 migrantes del Aquarius que navegaba en aguas internacionales entre Malta e Italia y que finalmente amarrará en Malta tras un acuerdo firmado con otros cinco países europeos, entre ellos España, que se distribuirán a los pasajeros. Los dos expertos insisten en que el Estado español «no tenía absolutamente ninguna obligación» de acoger a los 629 migrantes. «No existía obligación legal de acoger al buque en el primer supuesto, como tampoco existe obligación legal de acogerlo ahora. La cuestión sólo tiene una solución política, no legal», dice el socio fundador del despacho Islaw Abogados.

BUSCAR SOLUCIÓN SI EL BUQUE TIENE SU BANDERA

En esta misma línea se manifiesta Pulido, que declara que en aquella ocasión España «ni era el puerto más cercano, ni tenía la obligación» de ofrecer un puerto. Según recuerda este experto, la única situación en la que un Estado puede sentirse señalado es cuando el buque de rescate tiene pabellón en dicho país, como es el caso del Open Arms, embarcación de la ONG española Proactiva Open Arms. En este caso, según detalla Pulido a Europa Press, el Estado «no se puede desentender» y debe buscar «alguna solución al capitán de ese buque», aunque tampoco está obligado a darle puerto para desembarcar. Cuando se trata de un buque de bandera extranjera, el Estado español no tiene esa responsabilidad, remarca el abogado, para después insistir en que «otra cosa es que considere humanitaria» su acogida, que es lo que sucedió con el anterior rescate del Aquarius. En tal caso, cree que solo se puede hablar de «obligación ética o moral», nunca legal. Con todo, el letrado advierte de que, en derecho internacional, no existe ninguna ley que pueda obligar a un país a acoger a un barco, por lo que puede darse el caso de permanecer indefinidamente a la deriva.

«Hay casos de polizones viviendo durante años en un barco», apostilla. Asimismo, avisa de que este Aquarius «no va a ser el último», al tiempo que destaca que existen normas que son «contradictorias» con el ámbito de extranjería o en materia de refugiados y asilados. «El derecho no es perfecto», asevera, apuntando que hay cuestiones que «jurídicamente no están bien delimitadas».

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