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El ‘olvidado' artículo 129.2 de la Constitución, por Malena Riudavets

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El Consejo de la UE, a instancias de la presidencia luxemburguesa, aprobó el pasado 7 de diciembre -y de manera unánime por todos los países miembros- un informe sin precedentes sobre la Economía Social como un motor clave del desarrollo económico y social de Europa, en el que se contemplan 40 medidas importantes para impulsar el modelo cooperativo.

Este acuerdo, sellado por el Consejo de la Unión Europea y que ha apoyado el Gobierno de España en todo momento, ha sido ratificado por todos los países miembros a través de sus respectivos ministerios de Empleo. Representa la consolidación definitiva de la Economía Social en la agenda europea y que ésta pase a desarrollar un lugar prioritario en las políticas de creación de empleo, riqueza y cohesión social.

Las cooperativas están demostrando una capacidad de innovación social que ha merecido el reconocimiento de la Comisión Europea y del Parlamento, y que ha situado a la Economía Social en el centro de sus iniciativas, entre otras cuestiones, por su forma de gobernanza democrática y por su capacidad para el mantenimiento de empresas mercantiles y empleos abocados al cierre, transformándolas en cooperativas y consiguiendo de este modo su supervivencia.

Empieza a ser evidente para mucha gente que hay que organizar la economía de otra manera. No queremos que se contemple a las cooperativas únicamente como aportadoras de soluciones coyunturales en momentos difíciles, sino que se nos considere como parte estructural de la economía, de nuestra Comunidad y de nuestro Estado.

La Constitución Española lo establece en su artículo 129.2: “Los poderes públicos promoverán eficazmente las diversas formas de participación en la empresa y fomentarán, mediante una legislación adecuada, las sociedades cooperativas. También establecerán los medios que faciliten el acceso de los trabajadores a la propiedad de los medios de producción”.

Por lo tanto, quiero aprovechar para pedir unión a todos los responsables políticos para contribuir a sacar adelante, dentro de un marco de incentivación de la creación de empleo, un plan de apoyo y desarrollo para las cooperativas de nuestra Comunidad Autónoma, al constatar los beneficios que este tipo de sociedades están aportando a la economía nacional y a la generación y mantenimiento del empleo.

Para ello se podrían delimitar cinco objetivos comunes fundamentales, tales como: potenciar el desarrollo económico de Balears mediante el fomento de los valores emprendedores y la creación de cooperativas, su crecimiento y su continuidad; impulsar la cooperación y la asociación de las cooperativas como fórmula para su expansión e internacionalización; desarrollar, mejorar y consolidar los factores de competitividad de las cooperativas; fomentar la ocupación y la formación en estas empresas e impulsar la presencia de las misma en todos los sectores y, en especial, en los nuevos sectores emergentes.

Y aspiramos también a que, por lo menos, si no hay cláusulas sociales -aunque exista un compromiso de establecerlas- que no se pongan barreras en la prestación de servicios públicos a las empresas cooperativas que se presentan con la vocación de prestar un servicio de calidad a la comunidad.

Si he puesto énfasis en que se haga realidad el ‘olvidado' artículo 129.2 de la Constitución es porque, muchas veces, los poderes públicos tienden a considerar la Economía Social como el hermano pobre y pequeño de la economía, sin ninguna capacidad innovadora ni transformadora. Pero no es así. Por supuesto que tenemos capacidad para transformar la economía creando una sociedad más justa, mas equitativa y mucho mas humana.

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