El Juzgado de lo Mercantil número 3 de Barcelona ha estimado las medidas cautelares pedidas por la gestora privada de derechos musicales Unison Rights contra la Sociedad General de Autores y Editores (Sgae), que deberá permitir a autores y editores retirar sus obras de repertorios y obras de sus catálogos, de forma total o parcial.
Según el auto, al que se puede presentar recurso, la jueza obliga a la Sgae a permitir la retirada de derechos «sin limitar la libertad de los titulares», incluyendo retiradas de repertorio y obras de forma segmentada e individualizada.En concreto, ha ordenado el cese en el uso de la Cláusula Sexta del contrato de Gestión y de la Cláusula Tercera, que impedían esta retirada de derechos sin limitaciones y a retirar obras y repertorio de forma segmentada.
En un comunicado este lunes, Unison ha celebrado la decisión y ha considerado que el juzgado reconoce que, «los actos de abuso de posición de dominio y competencia desleal por parte de SGAE se siguen produciendo», a pesar de una resolución de mayo de la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia (CNMC) que era contraria.
La empresa ha explicado que con estas medidas pretendía que se aplicaran «con carácter urgente» las consecuencias de la resolución de mayo de la CNMC para permitir la retirada de derechos, también de acuerdo con una directiva de la UE y recientes reformas de la Ley de Propiedad Intelectual.
El portavoz de Unison, Jordi Puy, ha asegurado que la resolución es «un paso más de demostración que el monopolio de la gestión de derechos musicales ya es historia», y ha considerado que llega en un buen momento porque toda vez que los titulares de derechos que hayan solicitado retirada parcial o total de repertorio lo habían hecho a efectos del 31 de diciembre de 2019.
Unison denunció en 2006 a la SGAE ante la CNMC, que en mayo sancionó a la SGAE con 2,95 millones de euros por abuso de dominio en la gestión y explotación de derechos de autores y editores musicales y audiovisuales por imponer unas condiciones estatutarias y contractuales que «restringen injustificadamente la libertad de sus socios», según la CNMC.
También multó la entidad por su posición dominante en la concesión de autorizaciones y remuneraciones mediante la venta de paquetes de autorizaciones de reproducción y comunicación pública, así como por la ausencia de desglose tarifario entre el repertorio audiovisual y musical en el sector del hospedaje y en el de restauración, y le instó a abstenerse de estas conductas.