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La Audiencia avala que las jerónimas mantengan su demanda contra el Obispado

Sor Natividad y sor Mª Victoria, en julio en el convento de Sant Jeroni | Joan Torres

| Palma |

Un juzgado de Palma tendrá que decidir sobre la legalidad de la inmatriculación del convento de Sant Jeroni por parte del Obispado. La Audiencia Provincial ha revocado el sobreseimiento que se había acordado por un defecto de forma de la demanda interpuesta por la congregación de religiosas Jerónimas contra el Obispado de Mallorca. De esta manera, el Juzgado de Primera Instancia 22 tendrá que continuar con las actuaciones y dictar una sentencia.

Los abogados del Obispado habían planteado un defecto en la demanda porque fue presentada por la priora, sor María Pons Llinás, cuando había concluido su mandato de tres años al frente de la congregación. El juzgado estimó esta alegación. Sin embargo, ahora la Audiencia considera que el mandato sí era válido ya que no se había producido un capítulo de la orden religiosa para elegir a una nueva sucesora.

Conflicto

El Obispado aprovechó un artículo de la Ley Hipotecaria para inscribir a su nombre el convento en 2014. Las religiosas reclaman que se declaren nulos los tres certificados que emitió el obispo Salinas y que hicieron posible esa operación. El inmueble lleva vacío desde pocos meses antes de que se llevara a cabo la inmatriculación. Las cinco monjas que residían en él tuvieron que trasladarse a Inca ante las graves deficiencias del edificio para la vida de la comunidad. Amadip-Esment ha presentado a las monjas un proyecto de rehabilitación del convento.

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