Como una pescadilla que se muerde la cola. Así de gráfico resulta el intríngulis administrativo en que se encuentra inmersa la Diócesis respecto a 800.000 euros en subvenciones para la rehabilitación de su patrimonio arquitectónico, que perderá, a menos que se remedie in extremis desde la Conselleria d'Obres Públiques del Govern o «que el nuevo Ejecutivo firme un convenio específico por esta cantidad, que ya está concedida». Según Bartomeu Bennassar, aparejador diocesano, la situación ha llegado a este punto por la «ineficacia de la Administración [Consell y Govern]».
Bennassar pone el punto de mira en dos aspectos que, según su experiencia, no han funcionado en esta legislatura: «La falta de agilidad del Consell al resolver los expedientes», -aunque asegura que este es un mal endémico de dicha institución-, pero, sobre todo, el contenido de la convocatoria de subvenciones para la «conservación y mejora del patrimonio arquitectónico de Balears», publicada en el BOIB de marzo de 2009, «que está mal concebido». A esta ayuda, «que ya no se convocó en 2010», podían optar los ayuntamientos, Consells, las entidades religiosas, la UIB y entidades privadas sin ánimo de lucro.
A ella se acogió la Diócesis para acometer las obras de rehabilitación de la cubierta de la Cartoixa de Valldemossa y de la antigua sacristía de la Seu, -en pleno proceso y que pueden quedar paralizadas-, así como la restauración de las iglesias de Sant Antoniet de Palma y Santa Anna de Muro, éstas dos finalizadas. Y según Bennassar, iba a recibir 200.000 euros para la restauración de cada uno de estos edificios, que son Bien de Interés Cultural (BIC).
¿Qué ha sucedido para que, a final de legislatura, ese dinero no llegue? Pues que la Diócesis no ha podido cumplir los plazos marcados por la Administración, aunque obtuvo una prórroga, «porque existe descordinación entre la institución que concede la subvención [la Conselleria d'Obres Públiques del Govern] y la que tiene que autorizar las obras [Patrimoni del Consell]».
Para recibir la subvención, Obres Públiques otorgaba un plazo máximo de 12 meses para la ejecución de la obra «a partir de la fecha de concesión» de dicha subvención», cuando «lo lógico es que el plazo contara a partir de la obtención de la licencia de obras», dice Bennassar. Esta clausula ha puesto la soga al cuello a los cuatro proyectos citados. Por las características de los edificios en cuestión, catalogados como BIC, «los ayuntamientos no pueden conceder las licencias sin la autorización del Departamento de Patrimoni del Consell».
Todo ello conlleva una tramitación burocrática que ocupa buena parte del plazo de 12 meses que regula la subvención; a lo que se une, por ejemplo, que Patrimoni pida estudios previos o catas, lo que retrasa todo el proceso. El siguiente ejemplo da buena cuenta del funcionamiento surrealista de la Administración pública: «Con la prórroga, las cuantro obras debían estar finalizadas el 17 de febrero de 2011; pues bien, para la sacristía de la Seu, la licencia de Cort llegó el 11 de marzo de 2011», dice Bennassar.