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La Audiencia de Sevilla da cuenta del recurso de los padres de Marta contra la absolución del Cuco y su madre

Declara "preparado" el recurso de casación y ordena la "remisión directa de la certificación" al Supremo, que habrá de resolverlo

Archivo - Rueda de prensa de Antonio del Castillo y su mujer sobre la absolución del Cuco y su madre | Rocío Ruz - Europa Press - Archivo

| Sevilla |

La Sección Primera de la Audiencia de Sevilla ha dado por preparado el recurso de casación de los padres de Marta del Castillo, por cuyo asesinato fue condenado Miguel Carcaño a 21 años y tres meses de cárcel, contra su sentencia que absuelve a Francisco Javier García, conocido como El Cuco y condenado por encubrir en 2009 el crimen, y a la madre de este, del delito de falso testimonio por el cual el Juzgado de lo Penal número siete condenó inicialmente a ambos a dos años de cárcel, por sus declaraciones en el juicio celebrado en 2011 contra los adultos acusados por dicho crimen.

Así figura en un auto emitido por la Sección Primera de la Audiencia de Sevilla emitido este pasado miércoles y difundido por la Oficina de Comunicación del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA), después de que recientemente, dicha instancia provincial desestimase la petición de los padres de Marta del Castillo en demanda de una aclaración de dicha sentencia absolutoria, bajo la premisa de que «no cabe ninguna aclaración a la sentencia dictada, ya en forma de subsanación o complemento en la forma pretendida, al no apreciar ningún concepto oscuro, ni ninguna omisión o rectificación de algún error material o aritmético involuntario, ni complementarla».

En su nuevo auto, la Sección Primera de la Audiencia detalla que el recurso de casación de los padres de Marta del Castillo contra su sentencia absolutoria esgrime una supuesta infracción constitucional invocando el artículo 852 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal en relación con el artículo 24 de la Constitución, según el cual «todas las personas tienen derecho a obtener la tutela efectiva de los Jueces y Tribunales en el ejercicio de sus derechos e intereses legítimos, sin que, en ningún caso, pueda producirse indefensión».

"derecho a una resolución motivada"

Los padres de Marta del Castillo, según el recurso de casación, alegan su «derecho a obtener una resolución motivada, por incongruencia extrapetita y ultrapetita que afecta al principio de contradicción».

El recurso de casación también señala una supuesta infracción constitucional «en relación a la tutela judicial efectiva y el derecho a obtener una resolución motivada, a la vista de la contradicción existente en el relato de hechos probados con la fundamentación jurídica de la sentencia» de la Audiencia, según los padres de la víctima; así como respecto a la tutela judicial efectiva y el derecho a obtener una resolución motivada, «a la vista del razonamiento de convicción contrario a las reglas de la lógica y la razón», en el que según consideran incurre la sentencia absolutoria.

Igualmente, los padres de Marta del Castillo detectan una posible «infracción» del artículo de la Ley de Enjuiciamiento Criminal aplicable «cuando, dados los hechos que se declaren probados en las resoluciones (..), se hubiere infringido un precepto penal de carácter sustantivo u otra norma jurídica del mismo carácter que deba ser observada en la aplicación de la Ley penal».

"todos los tipos" del delito de falso testimonio

A su entender, las conductas del Cuco y su madre en el juicio de 2011 presentan «todos los tipos del tipo» delictivo que recoge el Código Penal respecto al delito de falso testimonio por el que fueron inicialmente condenados por el Juzgado de lo Penal número siete y después absueltos por esta Sección Primera de la Audiencia, que en este nuevo auto ordena la «remisión directa de la certificación» de este recurso de casación a la Sala Segunda del Tribunal Supremo, que habrá de resolver el recurso.

En su sentencia impugnada, la Sección Primera de la Audiencia estima los recursos de apelación presentados por las defensas del Cuco y su madre, Rosalía Inmaculada G.C., y revoca la sentencia del Juzgado de lo Penal número siete que los condenó a dos años de prisión, a una multa de 1.440 euros y a pagar una indemnización de 30.000 euros a los padres de Marta del Castillo.

El tribunal absuelve al Cuco porque aunque en el juicio él su madre reconocieron directamente los hechos contenidos en el escrito de acusación de la Fiscalía, optando por no contestar preguntas; la figura del testigo coimputado «no se encuentra regulada» legalmente y no se han determinado por el Supremo las consecuencias de faltar a la verdad en su declaración, mientras que también absuelve a su madre porque en el juicio celebrado en 2011 contra los adultos acusados por el crimen de Marta «no mintió en cuestiones trascendentales» para la resolución del asunto y, además, no fue advertida de la dispensa legal de no contestar a preguntas que «pudieran perjudicar a su hijo».

A la hora de su pronunciamiento absolutorio pese al reconocimiento de los hechos de los acusados, la Sección Primera de la Audiencia señalaba así que el Cuco «debió ser llamado necesariamente en la causa de mayores en calidad de testigo», pero precisando que «no estamos ante un testigo al uso, pues ya no es coacusado, ni un imputado, al haber recaído sentencia firme por hechos iguales de enjuiciamiento, pero, en virtud del Pleno, se le cita como testigo».

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