La Fiscal Adscrita a la Unidad contra los Delitos de Odio y Discriminación de la Fiscalía General del Estado, María Jesús Raimundo, alerta sobre el riesgo de relacionar delincuencia y migración y asegura que es un tema que a la Fiscalía le «preocupa y ocupa».
En una entrevista con Europa Press, Raimundo asegura que en los últimos meses se han dado casos de menores que han sufrido delitos de odio en redes sociales «simplemente por ser menores sin referentes familiares o menores no acompañados que han venido a nuestro país como migrantes y a los que se les ha asignado con toda gratuidad la responsabilidad penal de un asesinato cometido por otra persona».
Se refiere al crimen de un menor de edad en Mocejón (Toledo), en agosto de 2024, y al asesinato de una comerciante un mes antes en la plaza Tirso de Molina de Madrid; en ambos casos, un «bulo» difundido por internet señaló a menores no acompañados como autores de estos dos hechos.
Según La fiscal, que ha participado en el 2º Congreso Internacional de Aporofobia celebrado en Barcelona y organizado por el Instituto Químico de Sarrià y la Universitat Ramon Llull, aunque el Ministerio Público no hace distinciones a la hora de asistir a las víctimas, los menores merecen, por su vulnerabilidad, una especial protección.
En ambos casos se han abierto diligencias por estos hechos, confirma Raimundo, aunque será un juez quien, en última instancia, dirima si se trata de una lesión a la dignidad de un colectivo al que se le está atribuyendo un asesinato por el mero hecho de tener otro origen nacional, o si también puede haber discurso de odio «al incitar a la gente a que en el momento en que se cruce con un menor no acompañado se le pueda increpar o que le pueda hacer algo».
«Protegemos a todas las víctimas, a todos los menores y si dentro de los menores hay menores que han llegado a nuestro país sin referentes familiares también serán objeto de protección de delitos de odio», afirma Raimundo con contundencia.
Un límite difuso
Raimundo reconoce que la línea que separa un delito de odio de la libertad de expresión es «difusa», pues no todos los insultos o descalificación hacia colectivos vulnerables son delictivos.
«Creemos que discurso de odio es todo lo que hay en redes sociales que suponga insultos o descalificación a unos colectivos vulnerables o a una persona y no: Tiene que haber incitación, tiene que crearse un clima de hostilidad, de violencia de tal grado y de tal calibre que incite de forma lógica a alguien a cometer un delito», explica la fiscal.
Dentro de los delitos de odio, los más frecuentes son el discurso de odio y la lesión a la dignidad, que supone «menospreciar, humillar o desacreditar» a una persona solamente por condición de su raza, origen nacional, religión u otro factor.
Seis parámetros
Para determinar si un discurso queda o no amparado por la libertad de expresión, derecho fundamental recogido en la Constitución española, la Fiscalía y los cuerpos policiales se rigen por el plan de acción de Rabat, que sirve para analizar seis parámetros: el contexto en el que se ha producido el mensaje, la intención, el alcance y la extensión del mismo, entre otros, pero «hay que ir al caso concreto y hay que hilar muy fino».
Preguntada por qué opinión le merece que en algunos mensajes políticos relacionen el fenómeno de la inmigración con la delincuencia, la fiscal, sin entrar a valorar ningún caso concreto, subraya que, en caso de que haya indicios de que un mensaje pueda ser delictivo, siempre será investigado por los fiscales provinciales.
Sin embargo, sostiene que «hay que ser muy cautos y hay que ser muy prudentes, porque alguien que tiene una responsabilidad política también puede opinar de forma totalmente discrepante o de forma desproporcionada o incluso insultante y descalificante y no por eso está cometiendo un delito de odio».
Aún así, Raimundo recuerda que este año el Tribunal Europeo de Derechos Humanos (TEDH) dictó una sentencia que avaló la condena de un político que colgó una serie de insultos y comentarios despectivos en Facebook hacia determinado colectivo.
La fiscal se refiere al caso en el que la Gran Sala del TEDH desestimó el recurso de un político francés contra Francia por una supuesta violación del artículo 10 del Convenio Europeo de Derechos Humanos (CEDH) por la condena penal que le impuso el Estado por negarse a eliminar de su perfil de Facebook comentarios en los que se refería de forma discriminatoria y que incitaban al odio contra la comunidad musulmana.
Sin mencionar casos concretos, la fiscal recuerda la «responsabilidad de los políticos, cuya opinión puede ser más vista y más seguida» y apela a los reglamentos disciplinarios de las cámaras y parlamentos, tanto autonómicos como nacionales, a frenar cualquier comportamiento indecoroso o frase despectiva, sin que necesariamente todos estos episodios tengan que ser judicializados.
En lo que respecta a las redes sociales, aunque Raimundo insiste en que no todas las plataformas son iguales, pide una mayor colaboración para que las víctimas no queden desprotegidas si no se actúa con la suficiente celeridad: «Nos encontramos con necesidad de una colaboración más estrecha, pero creo que estamos en el camino».
Una tendencia al alza
Los delitos de odio han aumentado en España de 1.802 en el 2021, a 1.869 en 2022 y 2.268 en 2023, según los datos del informe anual elaborado por la Oficina Nacional de Lucha Contra los Delitos de Odio a partir de las denuncias presentadas ante los Cuerpos y Fuerzas de Seguridad del Estado el año pasado.
El ámbito que mayor número de hechos conocidos registra es el de racismo y xenofobia, con 856 episodios constitutivos de delito de odio, lo que supone un 13,38% más que en 2022.
Le siguen los ámbitos de orientación sexual e identidad de género, con 522 hechos, lo que supone un 13,7% más que el año anterior, y el de ideología, con 352 hechos, que representan una subida de un 43,67%; también se ha detectado un aumento de los delitos de odio contra personas con discapacidad y también de aporofobia, hacia personas sin recursos.
Raimundo alerta de que hay una infradenuncia, porque existen casos en los que la víctima «ni siquiera sabe que lo es y no va a denunciar porque no sabe que han cometido contra ella un delito», pero aun sabiéndolo, hay quien decide no denunciar por temor o recelo a acudir a autoridades policiales o judiciales porque se encuentran en situación irregular en España o porque no quieren desvelar su orientación sexual, en lo que se conoce como infraconfianza.
La fiscal añade el problema de la infradetección, en referencia a hechos denunciados pero en los que la policía o autoridades judiciales no aprecian delito de odio, porque no hay motivación discriminatoria: «Toda esa serie de situaciones hace que los datos sean muy difíciles de dimensionar».
Aunque la fiscal sostiene que «todos podemos ser víctimas de un delito de odio», pues hay múltiples motivos recogidos en el Código Penal, Raimundo se muestra positiva con el trabajo de la Fiscalía, la Oficina Nacional de Lucha Contra los Delitos de Odio, el Consejo General del Poder Judicial, y los Ministerio del Interior, de Inclusión, y de Educación, entre otros actores, en la protección a las víctimas y la detección y prevención de estos delitos.