La jueza de Instrucción número 20 de Madrid ha propuesto llevar a juicio a dos altos cargos del Ayuntamiento de Madrid y de la Comunidad de Madrid por la presunta comisión de un delito de prevaricación en relación al derribo ilegal en julio de 2022 de una vivienda en la Cañada Real pese a que el afectado había alegaciones en el procedimiento administrativo justificando y probando que se trataba de un domicilio habitual.
Así consta en un auto, al que tuvo acceso Europa Press, por el que la magistrada acuerda continuar las diligencias por los trámites del procedimiento abreviado, por si los hechos imputados al jefe de Disciplina Urbanística del Ayuntamiento, Julio César S. G., y al excomisionado de la Comunidad de Madrid para la Cañada Real Markel G. P., fueran constitutivos de un delito de prevaricación.
Según adelanta 'elDiario.es', la magistrada da traslado a las partes para que formulen en lo que se denomina fase intermedia del procedimiento escrito de acusación, solicitando la apertura de juicio oral o bien el sobreseimiento de la causa.
El pasado octubre, el jefe de Disciplina Urbanística del Ayuntamiento de Madrid reconoció ante el juez que comunicó una información errónea y que se procedió a la demolición sin más consultas.
La jueza investiga este derribo en el considerado mayor asentamiento chabolista de Europa a instancias de una denuncia de CAES --Centro de Asesoría y Estudios Sociales-- por la presunta comisión de delitos de allanamiento de morada, daños, contra la ordenación del territorio y el urbanismo, y prevaricación, entre otros.
Según CAES, este derribo se llevó a cabo en el marco de toda «una campaña orquestada por las Administraciones públicas de acoso y derribo a los vecinos y residentes históricos de la Cañada Real», una campaña cuyo principal hito fue el corte de luz a los Sectores V y VI en octubre de 2020, y que busca expulsar a los residentes de esta zona en beneficio de los desarrollos urbanísticos del sureste".
En el auto, la jueza recalca que «las incongruencias y contradicciones entre lo declarado por los investigados, y lo contrastado en la documentación obrante, son más que evidentes y hacen patentes unos indicios de criminalidad, que justifican plenamente esta resolución».
Sin comprobar el supuesto abandono
La acusación particular señala que «en cuestión de apenas 24 horas desde la comunicación del supuesto abandono y sin llevar a cabo ni la más mínima comprobación sobre el estado de la vivienda y de su procedimiento administrativo, el Jefe de Disciplina Urbanística (que conocía perfectamente la existencia de un expediente recién iniciado y recurrido, pues él mismo era el instructor de dicho procedimiento) autorizó el derribo, que se ejecutó automáticamente el 19 de julio, apenas 5 días desde la declaración de supuesto abandono».
Según CAES, en ese momento el vecino se encontraba de vacaciones fuera de su vivienda desde hacía apenas una semana, y había presentado alegaciones en el procedimiento administrativo justificando y probando que la vivienda era su domicilio apenas un mes antes.
«Por parte de ninguno de los dos cargos investigados se ha podido justificar esta actuación durante la fase de Instrucción. Es evidente que ambos conocían que una orden tan lesiva como la que supone el derribo de una vivienda con más de 30 años de antigüedad sólo puede dictarse cuando existe una Resolución firme al respecto, y que la declaración de la vivienda como »abandonada« sólo podría afirmarse tras la práctica de una exhaustiva prueba», destaca.
El afectado, de viaje en marruecos
El denunciante es un ciudadano de nacionalidad marroquí que reside desde hace décadas en España con permiso de trabajo de larga duración, habiendo establecido su domicilio desde 2004 en la parcela 203 del Sector 6 de la Cañada Real Galiana.
Se trataba de una vivienda de más de 20 años de antigüedad, estando en situación similar a otro grupo de casas antiguas en el Sector 6 de Cañada Real que no han optado al proceso realojo que se lleva a cabo en la zona y que consideran que deben ser reconocidos en sus derechos adquiridos tras una habitación prolongada desde hace décadas.
El Ayuntamiento de Madrid, a través de su departamento de disciplina urbanística, abrió un expediente por construcción sin licencia, igual que a otras muchas viviendas de la zona. Frente a ello, el denunciante presentó alegaciones y un recurso ante la orden demolición.
Según la denuncia, este expediente administrativo, en ningún caso podía desembocar en derribo de la vivienda sin haber concluido y sin haberse elaborado un presupuesto de demolición previa.
Pese a ello, se procedió a la demolición el 19 de julio de 2022 cuando el denunciante se encontraba de viaje en Marruecos. Algunos vecinos le informaron por teléfono que su vivienda estaba siendo demolida por un grupo de operarios mediante una excavadora.
Al parecer derribaron también una nave colindante e intentaron también derribar las construcciones de huerto de la parcela 205 lo que no pudieron hacer por la oposición de su dueño que informó de que había abierto un expediente en disciplina urbanística.