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Orden de búsqueda para dos detenidos por un tiroteo en un restaurante de Marbella que la Audiencia de Málaga dejó libres

Archivo - Ciudad de la Justicia de Málaga. Fachada. | Europa Press - EUROPA PRESS - Archivo

| Málaga |

El Juzgado de Instrucción número 1 de Marbella (Málaga) ha dictado una orden de búsqueda sobre dos detenidos en relación con un tiroteo contra un restaurante en dicha localidad, ocurrido el pasado día 11 de marzo, después de que estos quedaran en libertad poco menos de un mes después de ser arrestados.

Así lo han confirmado a Europa Press fuentes judiciales, quienes han apuntado que fueron puestos en libertad por parte de la Audiencia de Málaga, al aplicar una nueva doctrina del Tribunal Constitucional, y ahora se ha dictado una orden de búsqueda al supuestamente no presentarse en un juzgado.

Al parecer, ambos no se presentaron ante la autoridad judicial en la primera ocasión que debían hacerlo, según la información publicada por El Confidencial, en la que se señala que la hipótesis principal es que se han fugado y que se ha dictado una nueva requisitoria para la detención de ambos después de que hayan vulnerado las medidas cautelares que se les impusieron.

Los dos hombres fueron arrestados como presuntos autores de los, al menos, 15 disparos a plena luz del día contra un establecimiento hostelero en Marbella, sin que se produjeran daños personales. Este mismo juzgado acordó su ingreso en prisión provisional el 27 de marzo, aunque las defensas recurrieron esta decisión.

Los recursos los ha resuelto la Sección Tercera de la Audiencia de Málaga, que acordó el 23 de abril la nulidad de los autos en los que se decretaba el ingreso en prisión y la puesta en libertad de los detenidos, con medidas cautelares, como la retirada del pasaporte, la personación en un juzgado los días 1 y 15 de cada mes, y la prohibición de salir del país.

Así, la Sala acogió los argumentos de los abogados defensores, quienes alegaron que no habían tenido acceso a los elementos esenciales de las actuaciones judiciales, que estaban bajo secreto sumarial; lo que, a su entender, vulneraba el derecho de defensa, aludiendo a sentencias del Tribunal Constitucional al respecto.

En los autos de la Audiencia de Málaga, consultados por Europa Press, el Tribunal señala que si bien se aprecia en la jueza la voluntad de informar al investigado de aquellos elementos que entiende indispensables para el ejercicio de defensa, la información oral «no colma» las exigencias que el Constitucional determina.

Así, la Sala considera que, aunque sí se motivó la decisión, se debió dar copia de la parte de las actuaciones judiciales que no compromete el secreto; y apunta que solicitada por los letrados la información necesaria para el ejercicio completo de su derecho de defensa, debería haberse producido una decisión al respecto.

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