La Conselleria de Sanidad prohíbe el acceso de las personas con animales de compañía a los centros y servicios sanitarios de titularidad pública salvo los perros de asistencia para personas con discapacidades.
Así, figura en una resolución publicada este viernes en el Diario Oficial de la Generalitat Valenciana (DOGV), que tendrá efectos desde mañana. Los centros, servicios y establecimientos sanitarios de titularidad privada también podrán acogerse a lo que se dispone en esta resolución.
Al respecto, señala que la Ley 7/2023, de 28 de marzo, de protección de los derechos y el bienestar de los animales, publicada en el Boletín Oficial del Estado (BOE), señala que «salvo prohibición expresa, debidamente señalizada y visible desde el exterior, se permitirá el acceso de animales de compañía a edificios y dependencias públicas».
Sin embargo, apunta que en el caso de los centros, servicios y establecimientos sanitarios se considera que el acceso de animales de compañía «podría comportar riesgos tanto higiénico-sanitarios como de seguridad para la integridad de los pacientes y del propio personal que trabaja en ellos».
Por ello, considera que esta circunstancia, unida a la necesidad de garantizar una prestación «adecuada y de calidad» del servicio público de salud y los derechos de todo el personal que presta sus servicios en estos equipamientos, aconsejan «limitar la presencia de estos animales de compañía».
De este modo, prohíbe el acceso de mascotas a los centros sanitarios a excepción de los perros de asistencia que acompañen a personas con discapacidades y que vayan debidamente acreditados como tales y que cumplan las debidas condiciones higiénico-sanitarias.