El Consejo de Ministros ha acordado este lunes declarar zona afectada gravemente por una emergencia de protección civil (ZAEPC) 28 comarcas dañadas por distintos fenómenos meteorológicos adversos e incendios forestales registrados en las comunidades autónomas de
Andalucía, Aragón, Castilla y León, Castilla-La Mancha, Cataluña, Comunitat Valenciana, Illes Balears, Comunidad de Madrid y Región de Murcia en los últimos meses.
Las lluvias torrenciales han producido inundaciones en calles, bajos, garajes y carreteras, desprendimientos, cortes puntuales de electricidad y problemas de circulación de trenes, así como numerosos daños en infraestructuras y en bienes públicos y privados, cultivos y explotaciones agropecuarias, polígonos industriales y otras instalaciones productivas.
Además, entre las emergencias destaca la DANA de la madrugada del 2 de septiembre, que causó la muerte de 8 personas y numerosas afecciones en casi todas las provincias.
La decisión del Consejo de Ministros abre la vía para que los afectados por estas emergencias puedan solicitar las ayudas previstas para paliar daños personales; daños materiales en vivienda y enseres y en establecimientos industriales, mercantiles y de otros servicios; así como las que corresponden corporaciones locales cuyos territorios se vieron afectados por las lluvias.
Estas ayudas se conceden con apoyo en el principio de solidaridad
interterritorial y de manera subsidiaria, para complementar las actuaciones que, en ejercicio de sus competencias, tienen encomendadas de las comunidades autónomas.
Ayudas directas
Las medidas de recuperación previstas en este acuerdo, previstas en el Real Decreto 307/2005, de 18 de marzo, y cuya ejecución corresponde al Ministerio del Interior, son varias,
Entre ellas figuran las ayudas por fallecimiento o por incapacidad absoluta y permanente de 18.000 euros; ayudas por destrucción o daños en enseres de primera necesidad: el coste con un límite de 2.580 euros; por destrucción total de la vivienda habitual con un coste de los daños de 15.120 euros como máximo.
También hay ayudas por daños a la estructura de la vivienda habitual del 50% de los daños, con un máximo de 10.320 euros; ayudas por otros daños en la vivienda habitual también del 50% de los daños, con un máximo de 5.160 euros; ayudas por daños a elementos comunes de una comunidad de propietarios del 50% de los daños, con un máximo de 9.224 euros; y ayudas a personas físicas o jurídicas que hayan llevado a cabo prestaciones personales y de bienes: el importe total de los gastos.
El listado se completa con ayudas a los titulares de establecimientos industriales, mercantiles y de servicios, incluidos los agrarios, marítimo-pesqueros y turísticos de hasta 9.224 euros; ayudas a corporaciones locales por gastos derivados de actuaciones inaplazables que oscilan entre el 50% y el 100%, según los casos.
El acuerdo también prevé la posibilidad de que se apruebe una exención de las tasas del Organismo Autónomo Jefatura Central de Tráfico para duplicados de permisos de circulación o conducción, así como bajas de vehículos siniestrados.
Otras medidas
Otras medidas de la declaración de Zona Catastrófica son los beneficios fiscales, ya que el Ministerio de Hacienda y Función Pública concretará la exención en la cuota del Impuesto sobre Bienes Inmuebles y la reducción en la cuota del Impuesto sobre Actividades Económicas que corresponden a los receptores de estas ayudas, que como es habitual estarán exentas del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas las ayudas por daños personales.
Asimismo, se contemplan medidas laborales y de Seguridad Social, en las que los ministerios de Trabajo y Economía Social y de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones podrán desarrollar medidas laborales y de Seguridad Social como bonificaciones y exenciones de cuotas de Seguridad Social.
Las ayudas a las corporaciones locales supondrán que el Ministerio de Política Territorial concederá ayudas, por un importe de hasta el 50%, a los proyectos que ejecuten las entidades locales para reparar infraestructuras, instalaciones y equipamientos municipales.
En cuanto a los daños en infraestructuras públicas y dominio público, los restantes ministerios, en el ámbito de sus competencias, podrán declarar zona de actuación especial, así como la emergencia de las obras, para reparar los daños causados en infraestructuras de titularidad pública o en el dominio público.
Las ayudas por daños en explotaciones agrarias no están recogidas en este acuerdo, pues están cubiertos por un sistema propio de aseguramiento, como es el Sistema de Seguros Agrarios Combinado, que se ha ido ampliando progresivamente, para cubrir, incluso, infraestructuras, y que permite atender las necesidades del sector agrario ante este tipo de catástrofes naturales.
Lo que sí prevé el acuerdo es la disminución de los módulos de IRPF para los afectados por este tipo de daños, ha informado el Gobierno de España a propuesta del Ministerio del Interior.