El Juzgado de lo Penal número 14 de Sevilla ha condenado a tres años y cinco meses de cárcel a cada uno de los cinco hermanos juzgados el pasado mes de marzo por delitos contra el medio ambiente y de daños al dominio público hidráulico, cometidos al extraer de un acuífero que surte al Parque Nacional de Doñana aproximadamente «el doble» del agua cuya detracción tenían autorizada, para riegos en su finca de Aznalcázar, según figura en una sentencia emitida el pasado 18 de septiembre y recogido por Europa Press, que les impone además una indemnización de casi dos millones de euros en favor de la CHG.
Según el escrito de acusación de la Fiscalía, recogido por Europa Press, los acusados son José María, Ana María, Antonio, Ernesto y Francisco C.P., copropietarios de la finca Hato Blanco Viejo, ubicada en Aznalcázar e inscrita en el Catálogo de Aguas Privadas de la Confederación Hidrográfica del Guadalquivir (CHG), unos terrenos dedicados a cultivos de arroz y algodón, contando para ello con una autorización de riego, «condicionada a unos volúmenes máximos anuales».
Y es que la finca «se asienta en el acuífero Almonte-Marismas, que alimenta al Parque Nacional de Doñana», un espacio de máxima protección por sus valores naturales excepcionales, declarado Patrimonio Mundial y Reserva de la Biosfera por parte de la Organización de las Naciones Unidas para la Educación, la Ciencia y la Cultura (Unesco).
"incumplimiento reiterado"
En ese marco, la Fiscalía indica que «pese al conocimiento de la naturaleza del espacio sobre el que se asienta la finca y de los condicionantes impuestos», los acusados «han incumplido de forma reiterada y consciente las limitaciones impuestas, detrayendo volúmenes de agua muy superiores a los autorizados con el consiguiente riesgo para el ecosistema y trasvasando agua de la zona norte a la zona sur, para lo cual tenían instalada una tubería de grandes dimensiones».
Desgranando hasta 13 expedientes o resoluciones administrativas promovidas por la Administración contra estas personas a cuenta de los hechos descritos, la Fiscalía expone que pese a ello, los acusados «continuaron detrayendo volúmenes de agua muy superiores a los autorizados», de los años 2008 a 2013, «que son los afectados» por este procedimiento judicial.
«El exceso anual de agua detraída ha duplicado» todos los años «los volúmenes permitidos, superando significativamente las necesidades de los cultivos explotados», indica el Ministerio Público, avisando de que los hechos son incluso «más graves» teniendo en cuenta que la masa acuífera afectada «se encuentra en mal estado cuantitativo tras sufrir un descenso significativo a lo largo de los años».
"máxima importancia" de la afección
«La importancia es máxima desde el momento en el que, al descargar» el acuífero afectado «aguas subterráneas en cauces, caños, humedales, praderas y en la marisma», este tipo de recursos suponen «la principal fuente de aportación para el mantenimiento de los hábitat protegidos, siendo muchas las especies estrechamente ligadas al medio acuático», alerta la Fiscalía.
A tal efecto, la Fiscalía atribuía a los encausados un daño al dominio público hidráulico cuyo valor ascendería a 1.967.617 euros por tales hechos cometidos entre 2008 y 2013, achacándoles presuntos delitos contra el medio ambiente y de daños.
Dado el caso, el Ministerio Público reclamaba para cada uno de ellos tres años de prisión por el presunto delito contra el medio ambiente y un año y medio más de cárcel por el supuesto delito contra el dominio público hidráulico, así como sendas multas que suman 18.000 euros, siempre para cada uno de ellos.
Tras el juicio, el tribunal condena a los cinco acusados como coautores directos de un delito contra el medio ambiente en concurso con un delito de daños al dominio público hidráulico, con la atenuante de dilaciones indebidas, imponiéndoles dos años y cinco meses de prisión por el primer supuesto y un año de cárcel por el segundo, además de multas y la obligación de indemnizar conjuntamente con casi dos millones de euros a la CHG.
Y es que el juzgado ve probado el «abuso» cometido por los inculpados, con detracciones de agua «superando el doble de lo permitido», poniendo «en grave riesgo el sistema natural».