La sección segunda de la Audiencia de Castellón ha confirmado la condena de cinco años y cinco meses de prisión impuesta por un Juzgado de lo Penal a un hombre que maltrató a su pareja a la que llegó a golpear con un cinturón y le hizo provocar un accidente de tráfico al darle un golpe en la cara cuando la mujer iba conduciendo.
El juzgado de primera instancia le consideró autor de un delito de violencia de género habitual, de cinco delitos de violencia de género y de otro de violencia doméstica por agredir también a la hija de su pareja cuando se interpuso para evitar que el acusado continuara golpeando a su madre y le hizo saltar uno de sus pendientes.
Además, le impuso alejamiento por un periodo de once años en relación con la madre y otros dos sobre la hija. En todo caso, acordó la sustitución de la pena de prisión por la expulsión a su país de origen, Senegal, dado que no tiene la residencia legal en España.
El juzgado consideró probado que el acusado, de 30 años, conoció por una red social a la víctima, de 62, con la que inició una relación sentimental. Dado que vivían en diferentes provincias y a fin de comprobar si funcionaba la convivencia, primero residieron durante mayo y junio de 2022 en varios hoteles de la provincia y, posteriormente, en el domicilio de ella.
Sin embargo, el acusado se mostró cada vez más «controlador» y le exigió que consiguiera un préstamo del banco para pagar un inmueble en Senegal y le propinó varias bofetadas cuando no lo logró. Asimismo, consideró probadas otras agresiones en uno de los hoteles --con un cinturón--, en el domicilio y cuando la mujer circulaba con su vehículo por la calle, al dar un golpe en la cara que le hizo perder la atención sobre la vía y colisionar contra dos coches.
En otra ocasión, le golpeó con los nudillos en la cara pero la mujer dijo a los servicios médicos que la atendieron que se había chocado contra una farola. La última agresión tuvo lugar en el baño del domicilio, cuando la hija oyó los gritos de su madre, se interpuso para evitar los golpes y acabó ella misma lesionada. La joven pudo salir y avisó a la Guardia Civil, que detuvo al acusado.
La sala ha rechazado el recurso interpuesto por el acusado contra la sentencia, que fundamentó en error en la apreciación de las pruebas. Sin embargo, según la sala, hay prueba de cargo suficiente y ha sido «abundante» para que el juzgado alcanzara su convicción sobre lo sucedido y subraya que en solo tres meses los incidentes agresivos no pararon «superándose actos aislados para configurar un clima de humillación que provoca una sintomatología ansioso depresiva» en la víctima, que constataron tanto una médico forense como una trabajadora social y una psicóloga.