La Junta Electoral de Zona de Bilbao ha recordado este lunes a las ciudadanía que ausentarse de la Mesa Electoral si han sido designados como presidentes o vocales para las próximas elecciones del 23 de julio, sin justificar las causas establecidas, conllevará penas de prisión de
tres meses a un año, o multa de seis a 24 meses.
Precisamente, hoy este órgano de la administración electoral ha remitido a la Fiscalía todas las denuncias por incomparecencia en los pasados comicios municipales y forales del 28 de mayo para que «se depuren responsabilidades».
Tras reunirse este lunes, la Junta Electoral de Zona de Bilbao ha emitido una nota informativa, a la que ha tenido acceso Europa Press, en la que apunta que, siguiendo las instrucciones de la Junta Electoral central del pasado 8 de junio, aceptará las alegaciones que se motiven por desplazamientos o estancias de carácter vacacional que se hayan contratado anteriormente a la fecha de la publicación de la convocatoria de los comicios estatales, es decir anteriores al día 30 de mayo. En todo caso, se deberá justificar el abono del viaje y su carácter no reembolsable.
Además, advierte a todas las personas con derecho a voto que el cargo de presidente y vocal de las mesas electorales tienen carácter obligatorio. En el supuesto de que no concurran a desempeñar estas funciones, las abandonen «sin causa legítima» o incumpla "sin causa justificada las obligaciones de excusa, incurrirá en pena de prisión de tres meses a un año, o multa de seis a 24 meses, según establece el artículo 27 de la LOREG.
Denuncias del 28m
El órgano de la administración electoral señala que hoy, con motivo de las pasadas elecciones locales y a Juntas Generales del pasado 28 de mayo, se ha acordado abrir expediente previo a la remisión a la Fiscalía de todas las denuncias presentadas por incomparecencia o dejación de sus funciones de miembros de las mesas electorales en los pasados comicios.
Las denuncias, previo estudio individualizado, se remitirán a la Fiscalía Superior de Justicia del País Vasco para que «se depuren las responsabilidades penales que se estimen oportunas».
La Junta Electoral de Zona de Bilbao comunica, asimismo, a los ayuntamientos que "deberán extremar las notificaciones de miembros de la mesa, incluso utilizando los medios que permite la Ley 39/2015 de 1 de octubre de Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, entre sus artículos 40 y 44.