La Junta Electoral Provincial (JEP) de Sevilla ha apercibido al consejero de Sostenibilidad y portavoz del Gobierno andaluz, Ramón Fernández Pacheco, y a la consejera de Desarrollo Educativo y Formación Profesional, Patricia del Pozo, por el contenido de la rueda de prensa posterior al último Consejo de Gobierno por considerar que realizaron «manifestaciones con contenidos partidistas y/o electoralistas» persiguiendo el «demérito» de otros partidos.
La decisión de la JEP se produce a raíz de un recurso presentado por el PSOE a raíz de las declaraciones de Fernández Pacheco en respuesta a preguntas sobre las conversaciones entre la vicepresidenta del Gobierno, Teresa Ribera, y el presidente nacional del PP, Alberto Núñez Feijóo, sobre Doñana y respecto a la investigación por parte de la Fiscalía Anticorrupción de los contratos exprés realizados por la Junta.
En su resolución, consultada por Europa Press, la JEP concluye que las manifestaciones realizadas por Fernández Pacheco y Del Pozo «pueden vulnerar en algunos puntos lo dispuesto en el artículo 50.2 de la Ley Orgánica del Régimen Electoral General (Loreg)», que establece desde la convocatoria hasta la celebración de las elecciones «queda prohibido cualquier acto organizado o financiado, directa o indirectamente, por los poderes públicos que contenga alusiones a las realizaciones o a los logros obtenidos, o que utilice imágenes o expresiones coincidentes o similares a las utilizadas en sus propias campañas por alguna de las entidades políticas concurrentes a las elecciones».
En el caso del portavoz del Gobierno andaluz, la JEP sostiene que "puede entenderse que comporta un demérito de otra opción política, por ejemplo cuando contesta a las preguntas de los periodistas sobre las
conversaciones de la ministra Teresa Ribera y el presidente del PP Alberto Núñez Feijoo y cuando contesta sobre la investigación por parte de la Fiscalía Anticorrupción de los contratos a los interinos".
Respeto a la consejera de Desarrollo Educativo y Formación Profesional, la JEP sostiene que sus manifestaciones «también en algún supuesto pudiera identificarse con un mensaje de indudable connotación electoralista».
Por todo ello, la JEP considera que «se vulnera el deber de diligencia en el comportamiento en sus intervenciones institucionales y se insta a ambos para que en el futuro eviten manifestaciones con contenidos partidistas y/o electoralistas, manteniendo su neutralidad».
No obstante, la JEP desestima la pretensión del PSOE de que esas manifestaciones sean retiradas de la web institucional de la Junta de Andalucía «porque estas manifestaciones las consideramos episódicas, puntuales y no de gravedad tan intensa que pueda comportar su eliminación en este momento, sin perjuicio de que se pueda adoptar esta medida en caso de su reiteración».
La JEP recuerda que este acuerdo puede ser recurrido ante la Junta Electoral Central (JEC) en un plazo de 24 horas desde su notificación.