El Gobierno Vasco ha autorizado la interposición de un recurso de inconstitucionalidad ante el Tribunal Constitucional (TC) contra una disposición adicional de la Ley de Presupuestos Generales del Estado para 2023, al considerar que este apartado de los PGE «se inmiscuye» en labores ejecutivas de la Administración autonómica y «vulnera el autogobierno vasco».
Los servicios jurídicos centrales, adscritos al Departamento de Gobernanza Pública y Autogobierno, consideran que esta «vulneración» de las competencias vascas se produce por «una imposición por parte del Estado de herramientas informáticas para la realización de tareas ejecutivas del Gobierno Vasco en procedimientos de subvenciones y contratos».
El portavoz del Gobierno Vasco (PNV-PSE), Bingen Zupiria, ha afirmado, en la rueda de prensa posterior al Consejo de Gobierno en el que se ha adoptado esta decisión, que la medida ha sido aprobada sin la oposición de ningún miembro del Ejecutivo.
El precepto que se recurre es la disposición adicional 112 de la Ley estatal de Presupuestos para 2023, que «sin previa consulta, impone a la Comunidad Autónoma Vasca» el uso de un aplicativo de la Agencia Estatal de Administración Tributaria (AEAT) en la tramitación de todas las subvenciones y contratos que los órganos vascos otorguen en la ejecución de los fondos del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia (PRTR).
Conflictos de intereses
Esta herramienta informática estatal tiene por misión evaluar de forma automatizada el riesgo de posibles conflictos de interés que cargos y personal empleado públicos vasco pudieran tener con las personas solicitantes de ayudas o licitadoras en el reparto de estos fondos europeos. Zupiria ha indicado que «incluso los miembros de este Consejo de Gobierno están sujetos al escrutinio de la plataforma de la Agencia Tributaria a la hora de conceder subvenciones directas».
El Gobierno Vasco recuerda que Euskadi «tiene la competencia y capacidad técnica para desarrollar su propia herramienta y así ha de reconocérsele». Además, indica que «en su caso, Euskadi puede optar voluntariamente por utilizar la estatal, a través de un convenio con la Agencia Tributaria».
Por ello, los servicios jurídicos centrales adscritos al Departamento de Gobernanza Pública y Autogobierno recurren la disposición ante el TC porque el Estado, a través de la AEAT, «imponen unilateralmente una herramienta de control estatal sobre la imparcialidad de cargos y personal empleado vasco en el ejercicio de sus funciones».
«Por lo tanto, la AEAT está realizando una tarea ejecutiva consistente en un control sobre la abstención de los empleados y cargos autonómicos e incluso con efectos sobre la exclusión de interesados, y lo hace con infracción de las normas de reparto competencial», añade el Ejecutivo vasco.
Imposición de herramientas informáticas
Además, los servicios jurídicos del Gobierno Vasco alertan del «riesgo» que comporta la «imposición de herramientas estatales» en los procedimientos vascos. En este sentido, han señalado que las actuales herramientas informáticas automatizadas de procesos y de inteligencia artificial «pueden ser implementadas en algunos trámites desarrollados por la administración autonómica y el Estado puede acabar imponiendo su uso en nuestra administración».
Esto --ha alertado-- «supondría una injerencia ilegítima en las tareas públicas que la CAV tiene encomendadas, toda vez que el Estado pasaría a realizar actuaciones ejecutivas en nuestros procedimientos, de forma contraria a lo que el Estatuto de Gernika reconoce».
El Gobierno autonómico también ha explicado que esta disposición adicional de la Ley de Presupuestos del Estado atribuye funciones consultivas a unos 'comités antifraude' «que no han sido implantados en la CAPV sencillamente porque no existe obligación de hacerlo».
Estos órganos están previstos por los ministerios como una medida de sus planes antifraude, opción por la que --según ha indicado Zupiria-- «no ha optado el plan vasco de medidas antifraude. »Estamos ante el resultado de una falta absoluta de consideración hacia la capacidad de autoorganización de la CAPV", ha denunciado.
Además, ha criticado las «amplias facultades» otorgadas a la Intervención General de la Administración del Estado, como la emisión de informes para resolver dudas, una función que --a juicio del Gobierno autonómico-- «en Euskadi debería ser atribuida a la intervención del Gobierno Vasco o a otro órgano experto vasco».
Los servicios jurídicos centrales consideran que «ni la doctrina constitucional ni la propia Constitución concluyen que el Estado pueda asumir competencias ejecutivas y que las atribuciones estatales en estas materias son de índole normativa, no ejecutiva». Además, el Gobierno autonómico ha recordado que «la Constitución establece que el Estado no puede arrogarse un control directo de los empleados y cargos públicos autonómicos».
Requerimiento de incompetencia
Por todas estas razones, el Gobierno Vasco ha decidido interponer un recurso de inconstitucionalidad ante el TC. Con carácter previo, instará al Estado a abrir una negociación en la Comisión Bilateral correspondiente.
Asimismo, el Consejo de Gobierno ha aprobado remitir un requerimiento de incompetencia al Estado para que derogue o modifique una orden de desarrollo de la citada disposición adicional de la Ley de Presupuestos.
Dicha orden explicita de forma pormenorizada el funcionamiento de la herramienta informática automatizada, denominada 'Minerva', que se encargará de evaluar el riesgo de conflictos de interés en la administración vasca.
Tras este requerimiento, el Gobierno del Estado tiene un periodo de tiempo para contestar si se considera o no competente para obligar al uso de dicha herramienta, y en función de la contestación, el Gobierno Vasco podrá recurrir a la vía jurisdiccional para plantear un conflicto de competencias ante el Tribunal Constitucional.