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El juez rechaza unir a la causa la grabación íntegra de la entrevista de Oltra en 'Salvados'

Archivo - La exvicepresidenta, exportavoz y exconsellera de Igualdad y Políticas, Mónica Oltra, a su llegada a la Ciudad de la Justicia | Rober Solsona - Europa Press - Archivo

| València |

El titular del Juzgado de Instrucción número 15 de Valencia ha rechazado incorporar a la causa en la que está siendo investigada la exvicepresidenta y exconsellera de Igualdad y Políticas Inclusivas, Mónica Oltra, la entrevista que le realizaron en el programa 'Salvados' de La Sexta el pasado 11 de diciembre de 2022, así como la entrega de los materiales íntegros de la grabación aún cuando no hubiesen sido emitidos, tal y como lo reclamaba la asociación Gobierna-TE, que representa la acusación popular en el caso.

En la resolución, con fecha 7 de febrero, a la que ha tenido acceso Europa Press, el magistrado argumenta que la petición «no supera el estándar de utilidad potencial necesario para su adopción, sin perjuicio, adicionalmente, de la lesión que para los derechos de la investigada --Oltra-- pudiera potencialmente implicar».

Además, considera que no se concretan «cuáles pudieran ser las informaciones relevantes en relación con los hechos objeto de investigación y con sus circunstancias que viniera a aportar el contenido» de la entrevista de Oltra en 'Salvados' y que «no se hallen ya incorporadas a la causa por otros medios más formales».

El juez hace especial hincapié en la petición de incorporar los materiales no emitidos y, al respecto, sostiene que se trata de una demanda «más que prospectiva y especulativa» dado que «ni siquiera se afirma que tales materiales existan». «Recabarlos 'ad cautelam' de su existencia aparecería como una indagación carente del mínimo sustrato no ya indiciario sino siquiera meramente sospechoso», añade.

En este sentido, advierte que las informaciones «significativas» en una investigación criminal que procedan de manifestaciones de algún investigado «deben acceder a la causa por cauces que respeten las garantías inherentes a dicho estatus».

La resolución no es firme y cabe interponer recurso de reforma y subsidiario de apelación en el plazo de tres días o recurso de apelación en el plazo de cinco días.

Oltra, por su parte, había presentado alegaciones contra la petición --ahora rechazada-- al considerar que se trataba de una solicitud «impertinente, inútil, innecesaria, inocua» y, además, «fiel reflejo» de lo que sostiene que pretendía esa acusación particular: «Seguir engrosando la causa, dilatar la instrucción y desdibujar el marco objetivo de investigación en busca de 'cualquier cosa'».

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