Una resolución emitida este jueves por la Concejalía de Desarrollo y Renovación Urbana del Ayuntamiento de València, a través del servicio de Disciplina Urbanística, ordena «la inmediata paralización de las obras de demolición iniciadas» sin permiso municipal en las naves industriales situadas en el número 3 de la calle Guala, conocidas como las naves de Zaidía.
La notificación señala que esa paralización «deberá mantenerse en tanto la persona interesada no esté en posesión de la preceptiva licencia de obras que, en su caso, autorice la demolición pretendida». Asimismo, ordena reconstruir la parte del muro eliminada.
Este documento llega después de que el pasado martes la propiedad de las naves, situadas en el barrio de San Antonio y en el distrito de Zaidía, iniciara sin el correspondiente permiso municipal la demolición de estas edificaciones, en las que plantea un macrohotel de 500 habitaciones. Los vecinos de la zona se oponen a ese proyecto y reclaman que las construcciones se destinen a dotaciones públicas para este entorno.
El pleno del Ayuntamiento de València acordó el pasado jueves, en la sesión ordinaria de diciembre y con el voto a favor de la mayoría de la corporación local, trabajar para modificar la planificación urbanística y posibilitar que esas naves se conviertan en los servicios que piden los vecinos.
Ese mismo día, el consistorio remitió otra notificación a los propietarios de estas inmuebles, a través del servicio de Disciplina Urbanística y de la sección de Ruinas-Licencias de Demolición, en la que se le comunica que la administración local ha desestimado el trámite iniciado para solicitar la licencia de derribo mediante la declaración responsable que había presentado.
La nueva resolución señala que dentro del inmueble existen «elementos declarados Bien de Relevancia Local (paneles cerámicos anteriores a 1940, el 'Brazo de Guatla' de la acequia de Rascanya) o de posible valor patrimonial (pavimento adoquinado), además de apuntar que las naves están »inmersas en un proceso de catalogación por parte del Servicio de Planeamiento, que actualmente está pendiente de la emisión del informe preceptivo y vinculante por la Conselleria competente en materia de cultura".
"indebidamente demolida"
Disciplina Urbanística ha ordena también a la 0propiedad del inmueble --que será notificada individualmente, precisa la administración local-- que proceda, «en el plazo de siete días, a la reconstrucción de la parte del muro de entrada indebidamente demolida». Así, plantea esta petición «por motivos de seguridad y para evitar el acceso incontrolado al interior del recinto».
El consistorio agrega que en caso de incumplimiento de lo ordenado «se procederá por esta administración municipal como medida de ejecución forzosa a la imposición de hasta diez multas coercitivas con periodicidad mínima mensual o a su ejecución subsidiaria a través de las empresas contratistas municipales y a costa de la parte obligada».