La Conselleria de Economía Sostenible, Sectores Productivos, Comercio y Trabajo ha notificado a las empresas concesionarias del servicio público de la Inspección Técnica de Vehículos (ITV) de la Comunitat Valenciana la prolongación del plazo de ejecución del contrato de concesión de servicios para la explotación en régimen de concesión administrativa entre 55 y 62 días, según los casos.
Esta diferencia de plazos es debida al hecho que la desescalada de la situación de confinamiento establecida por el Real Decreto 463/2020 se produjo en diferentes momentos en las áreas de salud de la Comunitat Valenciana, explica la administración autonómica en un comunicado.
En este sentido, el conseller de Economía Sostenible, Rafa Climent, ha firmado una resolución para ampliar la duración del contrato 1997/CONT01/9 en 55 días, desde el 1 de enero hasta el 24 de febrero de 2023, nueva fecha de finalización para las estaciones de ITV de Alcoy, Benidorm, Gandia, Ondara, Ontinyent, Orihuela-San Bartolomé, Redován, Torrevieja, Utiel, Villena, Vinaròs y Xàtiva.
Asimismo, se amplía en 62 días, desde el 1 de enero hasta el 3 de marzo de 2023, nueva fecha de finalización de este, en las estaciones de ITV de Alicante, Alzira, Castelló, Catarroja, Elche, Llíria, Massalfassar, Riba-roja de Túria, San Antonio de Benagéber, València-Campanar, València-Vara de Quart y Vila-real.
El Real Decreto 463/2020, de 14 de marzo, por el cual se declaró el estado de alarma por la situación de crisis sanitaria por la covid-19, suspendió la apertura al público de los locales y establecimientos minoristas, a excepción de los establecimientos considerados por la propia norma como servicios esenciales.
En este sentido, el 17 de marzo de 2020 la Dirección General de Industria, Energía y Minas comunicó a los concesionarios que el servicio de ITV no se consideraba un servicio esencial, por lo cual las estaciones de las concesionarias tendrían que permanecer cerradas mientras durara el Estado de Alarma.
Medidas excepcionales
Estas medidas excepcionales, adoptadas durante el estado de alarma, imposibilitaron la ejecución del contrato entre el 17 de marzo de 2020 y el 11 o el 18 de mayo de 2020, según los casos. Por lo tanto, los concesionarios del contrato de servicios de ITV cerraron las estaciones de servicio durante este periodo de tiempo, un total de 55 días, en el primer caso y de 62 días en el segundo.
Teniendo en consideración el artículo 34.4 del Real decreto ley 8/2020, de 17 de marzo, de medidas urgentes extraordinarias para hacer frente al impacto económico y social de la covid-19, que establece que en los contratos públicos de concesión de obras y de concesión de servicios vigentes a la entrada en vigor de este real decreto ley, celebrados por las entidades pertenecientes al Sector Público en el sentido definido en el artículo 3 de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, la situación de hecho creada por la COVID-19 y las medidas adoptadas por el Estado, las comunidades autónomas o la Administración local para combatirlo «darán derecho al concesionario al restablecimiento del equilibrio económico del contrato mediante, según proceda en cada caso».
Esta propuesta de modificación tiene como objetivo --recalcan-- «introducir el reequilibrio para compensar en los concesionarios por el periodo en el cual no fue posible la prestación del servicio a consecuencia del estado de alarma y a partir de las diferentes fechas establecidas devolverá la prestación del servicio en la Generalitat, a través de la empresa pública Sociedad Valenciana de ITV, que gestionará directamente el servicio de ITV para mejorar su eficiencia, competitividad, calidad y economizar los precios en beneficio de la ciudadanía con una reducción de las tarifas de un 20%, así como su modernización y ampliación del servicio».