Los presidentes de las secciones penales de la Audiencia Provincial de Madrid han acordado aplicar en las revisiones de sentencias de la Ley de Garantía Integral de la Libertad Sexual, conocida como 'solo sí es sí', el criterio más favorable al reo y no atender a la disposición transitoria quinta del Código Penal que limita las revisiones, han informado a Europa Press fuentes jurídicas.
De este modo, los magistrados se han desmarcado de la postura de la Fiscalía General del Estado para que no se modifiquen condenas cuando la pena impuesta pueda dictarse con el nuevo marco penal.
En el caso de los magistrados, acuerdan revisar a la baja las sentencias conforme a la aplicación de la ley promovida por la ministra de Igualdad, Irene Montero. Se oponen así a aplicar la disposición transitoria quinta del Código Penal, como aplica la Audiencia Provincial de La Rioja.
La disposición transitoria quinta del Código Penal establece que «en las penas privativas de libertad no se considerará más favorable este Código cuando la duración de la pena anterior impuesta al hecho con sus circunstancias sea también imponible con arreglo al nuevo Código».
Los magistrados de La Rioja han revisado de oficio las sentencias por delitos contra la libertad sexual susceptibles de ser modificadas por la nueva ley y, hasta ahora, no han modificado ninguna de las penas porque en ninguno de los casos el Ministerio Fiscal ha informado favorablemente.
La reunión técnico jurídica de este viernes estaba señalada semanas antes de la polémica creada a raíz de conocerse revisiones a la baja que han llevado a rebajar penas a condenadores por abusos y agresiones sexuales. A la junta de jueces se han presentado muchos más magistrados, una treintena, de forma voluntaria al ser abierta la reunión.
La reunión tiene lugar después de que el fiscal general del Estado, Álvaro García Ortiz, dictara un decreto para que los fiscales den «una respuesta uniforme», estableciendo que no se modificarán cuando la pena impuesta pueda dictarse con el nuevo marco penal.