El Juzgado de Instrucción número diez de Sevilla, que investiga el brote de listeriosis surgido en 2019 por la carne mechada distribuida por la empresa Magrudis pese a estar contaminada con dicha bacteria; ha dictado un auto en el que acuerda la apertura de juicio oral contra un total de seis personas investigadas en el procedimiento, todo ello después de que la Fiscalía y las acusaciones particulares personadas hayan presentado sus respectivos escritos de acusación.
En concreto, y según ha informado la Oficina de Comunicación del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA), los acusados son José Antonio Marín Ponce, administrador de hecho de Magrudis; su mujer, Encarnación Rodríguez Jiménez, responsable de producción y puesta en marcha del sistema de autocontrol de la empresa; sus hijos Sandro José Marín Rodríguez, administrador único de la citada mercantil, y Mario Marín Rodríguez, administrador único de Elaborados Cárnicos Mario; Sergio L.G., arquitecto técnico, y María José Ojeda, inspectora veterinaria municipal.
En el auto, la magistrada abre juicio oral contra cinco de los investigados -Sandro José M.R., José Antonio M.P., Mario M.R., Encarnación R.J. y María José O.B.-, Magrudis S.L. y Elaborados Cárnicos Mario S.L. por un delito contra la salud pública en concurso ideal con cuatro delitos de homicidio imprudente, siete delitos de lesiones al feto por imprudencia grave con resultado de aborto y 245 delitos de lesiones por imprudencia grave, declarando responsables civiles a las compañías de seguros Axa S.A., Aig Europe S.A. (sucursal España) y Zurich España Compañía de Seguros y Reaseguros.
La instructora, que declara a la Audiencia Provincial de Sevilla como órgano competente para el conocimiento y fallo de la causa, declara responsable civil subsidiario de estos delitos al Ayuntamiento de Sevilla.
De igual modo, la juez abre juicio oral contra Sandro José M.R., José Antonio M.P. y Sergio L.G. por un presunto delito de falsedad en documento oficial, así como contra José Antonio M.P., Sandro José M.R., Encarnación R.J y Mario M.R. por un delito leve de defraudación del fluido eléctrico.
Imposición de fianzas
En el auto, la magistrada requiere a Magrudis S.L. y Elaborados Cárnicos Mario S.L. para que, en el plazo de un día, «presten fianza solidaria en cantidad de 5.166.688,50 euros (homicidios, abortos, lesionados, indemnización a la Junta de Andalucía y al Ayuntamiento de Sevilla)», y 36.000 euros «como responsabilidad pecuniaria que pudiera imponérseles».
Además, requiere a los investigados Sandro José M.R. y José Antonio M.P. para que, en el mismo plazo de un día, «presten fianza solidaria en cantidad de 5.166.688,50 euros (homicidios, abortos, lesionados, indemnización a la Junta y al Ayuntamiento)» y 3.060 euros «como responsabilidad pecuniaria que pudiera imponérseles».
La juez, igualmente, requiere a los investigados Mario M.R. y su madre Encarnación R.J. para que en ese mismo plazo «presten fianza solidaria en cantidad de 5.166.688,50 euros (homicidios, abortos, lesionados, indemnización a la Junta y al Ayuntamiento)» y 1.440 euros «como responsabilidad pecuniaria que pudiera imponérseles».
Cuantías millonarias
Por último, requiere a la acusada María José O.B. para que en el plazo de un día «preste fianza solidaria en cantidad de 5.025.648,40 euros (homicidios, abortos, lesionados, indemnización a la Junta de Andalucía)», y al acusado Sergio L.G. para que «preste fianza solidaria en cantidad de 1.440 euros como responsabilidad pecuniaria que pudiera imponérsele».
Asimismo, la magistrada reclama a Axa 5.166.688,50 euros, «si bien responderá hasta donde alcance el límite de garantía establecido en la póliza de seguro», constando ingresados 300.000 euros, mientras que también requiere a las compañías de seguros Aig Europe y Zurich España para que en el plazo de un día presten fianza solidaria en cantidad de 5.166.688,50 euros, y al Ayuntamiento de Sevilla para que, en ese mismo plazo, «preste fianza solidaria en cantidad de 5.025.648,40 euros (homicidios, abortos, lesionados, indemnización a la Junta de Andalucía)».
Y todo ello, según explica la juez, «para asegurar las responsabilidades pecuniarias que, en definitiva, pudieran imponérsele», con el apercibimiento de que, de no prestar las distintas fianzas establecidas en el auto, «se le embargarán bienes en cantidad suficiente para asegurar la suma señalada».