José María López Pérez, exconcursante del programa 'Gran Hermano Revolution' acusado abusos sexuales dentro de la casa de Guadalix en 2017, se ha negado esta mañana a pactar con el fiscal al mantener que esa madrugada mantuvo relaciones consentidas con su compañera.
«No tuve la percepción de que estuviera inconsciente», ha subrayado durante su declaración en la que no se ha mostrado arrepentido al no entender todavía por qué se sienta en un banquillo. «No abusé de Carlota», ha afirmado.
El juicio se ha celebrado a puerta cerrada tras admitir la jueza de lo Penal número 18 de Madrid, la magistrada Mª Dolores Palmero, la petición del fiscal en aras a proteger a la víctima, una solicitud a la que se ha adherido la defensa al primar el derecho a la intimidad y al honor frente al derecho a la información.
Durante más de medio hora, el fiscal y el abogado defensor han tratado de negociar sin éxito un acuerdo de conformidad para reducir al acusado la condena de manera sustanciosa.
El letrado Antonio Madrid, que defiende al acusado, ha señalado que su cliente no ha aceptado el «buen» ofrecimiento del fiscal al negar los delitos que se le imputan, algo que ha hecho desde que se encargó en 2017 de su defensa nada más ser expulsado del programa.
Mientras las partes negociaban, Carlota Prado no ocultaba su malestar en los pasillos de los juzgados ante la posibilidad de no poder declarar ante un tribunal por unos hechos que se produjeron hace mas de cinco años.
Los presuntos abusos sexuales tuvieron lugar la madrugada del 3 de noviembre de 2017 después de una fiesta en la casa de Guadalix en la que la chica habría ingerido varios chupitos de alcohol. «A sabiendas del estado de semiconsciencia en que se encontraba y aprovechándose de esta circunstancia», según sostiene el fiscal, el acusado abusó supuestamente de la joven, entonces con 18 años, a pesar del estado de embriaguez que presentaba.
Carlota, que ha recibido tratamiento psiquiátrico, llevaba años esperando este momento. Hace unos meses, renunció a un abogado de oficio para que no se retrasara más la vista sin saber que su presunto agresor podría pactar con el fiscal una reducción de pena, algo que finalmente no ha ocurrido.
El fiscal solicita una pena de dos años y seis meses de cárcel y le reclama una indemnización de 6.000 euros por los daños morales causados a la víctima, idéntica cantidad que pide a la productora del programa por los daños ocasionados a raíz de la exhibición a la perjudicada de las imágenes grabadas un día después.
"no abusé de carlota"
En su declaración, el acusado ha negado haber sometido a Carlota a abusos sexuales y ha insistido en que mantenían una relación sentimental previa dentro de la casa de Guadalix, indicando que esa madrugada el encuentro sexual bajo el edredón fue consentido. «No abusé de ella», ha subrayado.
El abogado defensor ha denunciado que el programa quiso montar «un escándalo» para subir audiencias y ha recalcado que tanto su cliente como la joven son «víctimas de la manipulación» del programa. «Los movimientos debajo del edredón son de dos», ha apostillado.
Durante el interrogatorio, Carlota habría manifestado que fue «violada» y sometida a «abusos sexuales» a manos del que entonces era su compañero de programa. Recuerda lo sucedido por las imágenes que en su día le exhibieron dentro del denominado confesionario de la casa de Guadalix, una decisión del programa que le ocasionó daños morales.
Al salir de la sala, se ha visto a la joven devastada y visiblemente afectada por rememorar lo ocurrido, siendo arropada por su madre y un amigo.
Hechos juzgados
El escrito de acusación señala que 'Gran Hermano Revolution' es un reality televisivo emitido por Telecinco, cuya productora era Zeppelin Televisión S.A.U., y que se desarrollaba en una casa situada en la localidad de Guadalix de la Sierra.
En este sentido la Fiscalía recuerda que el objeto del programa es la retransmisión durante 24 horas de la convivencia de los participantes conforme al reglamento de convivencia del programa, «del que se deduce una relación de trabajo de los concursantes con la productora».
Bebidas alcohólicas
Los hechos se remontan al 3 de noviembre de 2017, cuando se organizó una fiesta en el interior de la casa «en la que por el programa suministró a los concursantes bebidas alcohólicas».
En esa misma vivienda se encontraba la también la concursante Carlota P. A., con quien el acusado había comenzado una relación sentimental unos días antes.
La joven, que durante el transcurso de la fiesta había ingerido «escasos» alimentos, bebió «al menos cuatro chupitos de tequila, por lo que alcanzó un estado de embriaguez que fue acentuándose y evidenciándose a partir de la media noche».
Así, sobre las una y media de la madruga del día siguiente y, cuando ambos se encontraban en el dormitorio que ocupaban, José María López Pérez, «que ya se había desprendido de sus pantalones», ayudó a la otra concursante a descalzarse y a introducirse en la cama que venían compartiendo. En ese momento, según afirma la Fiscalía, la joven conservaba puesta la «totalidad» de su vestimenta.
Acto seguido el acusado se introdujo en la cama mientras que la joven permanecía en silencio «en posición decúbito supino y con los ojos cerrados, realizando movimientos lentos y pesados, debido a su estado».
José María López Pérez, «guiado por un ánimo libidinoso y a sabiendas del estado de semiconsciencia en que se encontraba y aprovechándose de esta circunstancia, comenzó a realizar bajo el edredón movimientos de claro contenido sexual, pese a que balbuceando débilmente, dijo 'no puedo'».
A continuación el acusado apretó su cuerpo contra el de la joven «en aras de satisfacer su deseo sexual, pese a que ella hasta en dos ocasiones levantó la mano como queriendo decirle que parara».
Al mismo tiempo José María López Pérez pidió «en varias ocasiones a la concursante que abriera los ojos, pero la víctima permaneció inmóvil». Cuando ya el acusado le preguntó cómo se encontraba, ella «solo» acertó a responder que se quitara, «momento en que aquélla se giró quedando de espaldas al acusado».
La Fiscalía pone de manifiesto en su escrito que José María López Pérez, tras cubrir a ambos con un edredón, «continuó realizando tocamientos, frotamientos y movimientos de contenido netamente sexual, despojando a la víctima de su vestimenta, liberándole parcialmente de su ropa interior y desabrochándole el sujetador, pese a que esta se encontraba ya en estado de inconsciencia».