Familiares de inhumados en el Valle de los Caídos han presentado una querella en los juzgados de San Lorenzo de El Escorial contra la alcaldesa de este municipio, Carlota López Esteban, por su «negativa» a reactivar la licencia de obras que permita acceder a las criptas para proceder a las exhumaciones de restos de sus seres queridos.
Los querellantes consideran que Carlota López Esteban habría incurrido en un presunto delito de prevaricación al contravenir diversas resoluciones judiciales y con ello «vulnerar la reparación de las víctimas y el principio constitucional de la dignidad de las personas».
La querella se interpone en nombre de un familiar de los hermanos Lapeña, fusilados en 1963 por el bando nacional en Calatayud y enterrados en el Valle de los Caídos, y la presidenta de la Asociación de Familiares de los Republicanos enterrados en el Valle de los Caídos, Silvia Navarro.
La acción penal se dirige contra Carlota López Esteban después de que no haya renovado el permiso para iniciar los trabajos de acceso a los restos a pesar de que el pasado mes de junio el Tribunal Superior de Justicia de Madrid (TSJM) acordó levantar la medida cautelar que paralizaba la citada licencia urbanística.
En un informe jurídico, el Ayuntamiento alegaba que hasta que no haya sentencia firme no accedería a la solicitud de renovar el permiso, un extremo criticado por los familiares de enterrados en el Valle por su falta de solidaridad hacia las víctimas.
El pasado sábado, la alcaldesa alegaba en un comunicado que la tramitación de cualquier licencia es un procedimiento reglado sujeto a los informes técnicos y jurídicos pertinentes y, por tanto, «completamente ajeno a la discrecionalidad de cualquier cargo electo».
En la querella, a la que tuvo acceso Europa Press y adelantada por la 'Cadena Ser', se expone que «concurren» todos los elementos de la presunta comisión de un delito de prevaricación.
Los familiares argumentan que «la querellada ha dictado en pleno municipal su negativa a reactivar la licencia municipal, y a su vez, es conocedora del fallo del TSJ por el que se levanta la suspensión sobre dicha licencia que ella misma otorgó, 12 meses antes».
En los hechos, el abogado de las familias, el letrado Eduardo Ranz Alonso, menciona el auto, de 30 de marzo de 2016, dispuesto por el Juzgado de Primera Instancia número 2 de San Lorenzo de El Escorial que reconoció el derecho a la digna sepultura de los hermanos Lapeña Manuel y Antonio-Ramiro, una sentencia histórica que seis años después no se ha ejecutado.
También expone que el propio TSJM se ha pronunciado sobre dicha licencia, denegando la medida cautelar interesada de suspensión de la ejecutividad del acuerdo de 24 de junio de 2021 de la Junta de Gobierno Local del Ayuntamiento de San Lorenzo del Escorial.
Dicho acuerdo concedió a Patrimonio Nacional la licencia urbanística para la rehabilitación de accesos a las criptas de la Basílica de la Santa Cruz del Valle de los Caídos otorgada por el Ayuntamiento de San Lorenzo del Escorial.
«¿Qué ha cambiado desde el 24 de junio de 2021, fecha en la que se otorgó la licencia, al 20 20 de junio de 2022, fecha en la que se levanta la suspensión por el TSJ? La corporación es la misma, la alcaldesa, autoridad y hoy querellada por prevaricación, al negarse a reactivar la licencia de exhumación de las victimas del Valle, es la misma, ¿Qué explicación puede existir para variar, en tan solo un año, una decisión municipal, basada en los informes preceptivos?», recoge la querella.
"una ilegalidad flagrante"
El letrado sostiene que se está ante «una ilegalidad flagrante y clamorosa, tan grosera y evidente que revela por sí misma la injusticia, el abuso y el plus de antijuricidad, que están sufriendo las familias que buscan ver materializado lo que la justicia les ha reconocido».
Subraya que «las víctimas están viendo vulnerado el principio de igualdad del artículo 14 de la CE, conforme al derecho a un debido proceso sin que »pueda prevalecer discriminación alguna por razón de nacimiento, raza, sexo, religión, opinión o cualquier otra condición o circunstancia personal o social".
De igual modo, afirma que se está vulnerando el artículo 10.2 de la CE, conforme a «las normas relativas a los derechos fundamentales y a las libertades que la Constitución reconoce, se interpretarán de conformidad con la Declaración Universal de Derechos Humanos y los tratados y acuerdos internacionales sobre las mismas materias ratificados por España».
«Todo lo anterior permite calificar la conducta de la alcaldesa como una actuación, cuanto menos, contraria del principio del derecho sobre la prohibición de la actuación en contra de los actos propios. La alcaldesa, cambiando su actuación legal, limita los derechos de otras personas, en este caso, las víctimas del Valle de Cuelgamuros», asevera.
Agrega que «la trascendencia social, de este tipo de abusos en los que se mezclan un posible delito de prevaricación, con una animadversión al campo de la memoria histórica, memoria democrática o memoria civil, han despertado en la sociedad española una enorme expectativa, y dicha repercusión llegó a despertar el interés de Naciones Unidas».
De ahí, que aluda a las inspecciones efectuadas por sus relatores desde el año 2014 hasta la actualidad, recomendando, el relator especial de Naciones Unidas, Pablo de Greiff, al Estado español, esclarecer las desapariciones durante el franquismo.
«La negativa a reactivar la licencia de actividad municipal, vulnera la reparación de las víctimas, así como el principio constitucional de la dignidad de las personas (art. 10.1 CE), reforzando violaciones de Derechos Humanos», afirma.
«Reactivar la licencia municipal, representa la única opción de cumplir el mandato judicial y administrativo de Patrimonio Nacional, y su negativa, un abuso contra la reparación de las víctimas, además de una discriminación respecto a la licencia de obra menor, dictada en el precedente inmediato anterior, como fue la exhumación del dictador en el año 2019», concluye.