La Comunidad de Madrid ha insistido este miércoles en la «inconstitucionalidad» del decreto energético del Gobierno central trasladando a los periodistas un decálogo de puntos en el que sustentarían su recurso y que recoge, entre otros, que el acuerdo con la Unión Europea para rebajar un 7% el consumo de gas en España «no es obligatorio».
Entienden, primero, que el objetivo del Real Decreto Ley invade competencias autonómicas porque decae el «carácter básico» del mismo por el objetivo «no es garantizar el suministro de gas» por lo que «no se pueden establecer mínimos ni máximos en aire acondicionado y calefacción».
Cuestiona, además, el «carácter básico» porque el acuerdo «no es obligatorio». España acordaba la rebaja voluntaria del consumo al 7% el 26 de julio frente al 15% inicial acordado en el seno del club comunitario.
La Comunidad argumenta, además, que el cierre de las puertas de los locales para que el efecto del aire acondicionado y la calefacción no salga de los locales contraviene la normativa del Covid-19.
Sobre la instalación de cartelería para informar de las medidas de ahorro energético «no contribuye directamente» al mismo e «invade competencias autonómicas sin justificación».
«La extensión de las prohibiciones a energías renovables o de autoconsumo excede la necesaria proporcionalidad del RDL. Si lo que se pretende es ahorro de gas, ¿por qué se prohíbe este tipo de iluminación basada en otras fuentes de energía?», cuestionan en su decálogo.
Colisión con la libertad de horarios comerciales
Para el Ejecutivo liderado por Isabel Díaz Ayuso también se colisiona con la Ley de Libertad de Horarios Comerciales regional al tener que apagarse los escaparates a las 22 horas, mientras que el de los edificios públicos lo haría «con la competencia del cuidado y uso» de los mismos y con el desarrollo turístico.
También cargan contra el adelanto puntual de la próxima inspección de eficiencia energética en instalaciones, porque creen que podría exceder las bases estatales, «toda vez que la periodicidad de estas inspecciones no tiene carácter básico».
Además, han subrayado la diferencia de duración entre las previstas por la normativa europea, que aseguran que es de un año, con la del real decreto, que alcanzaría octubre de 2023. Por último, alertan de que la «defectuosa» configuración del régimen sancionador «puede llevar aparejada vicios de legalidad o constitucionalidad».
Para el consejero de Presidencia, Justicia e Interior, Enrique López, el decreto implica «ocurrencia, improvisación, desproporción, imposición y probable inconstitucionalidad». «El decreto solo ahorra diálogo y despilfarra problemas», ha trasladado en sus redes sociales.