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Corrupción en la Policía Local de Palma

La Audiencia deliberará el 6 de marzo sobre las recusaciones al juez Penalva

| Palma |

La Audiencia Provincial ha señalado para el 6 de marzo la deliberación de los dos incidentes de recusación contra el titular del Juzgado de Instrucción número 12 de Palma, Manuel Penalva, planteados en el llamado caso de la Policía Local de Palma y en una pieza separada del mismo.

La fecha designada es únicamente de deliberación y no implica necesariamente que el tribunal de la sección primera vaya a resolver ese día, ha informado el Tribunal Superior de Justicia de Baleares en un comunicado.

En el caso Policía Local, se investiga desde 2014 una presunta trama delictiva en dicho cuerpo de seguridad, por el que agentes y funcionarios habrían recibido prebendas para beneficiar a determinados empresarios, entre ellos a Bartolomé Cursach, dueño el grupo del mismo nombre.

La defensa del ex director general del Grupo Cursach, Bartolomé Sbert, planteó la recusación del juez Penalva por enemistad manifiesta con las partes y por tener interés directo o indirecto en el pleito. Sbert estuvo diez meses en prisión preventiva por esta causa y salió libre en diciembre tras depositar 500.000 euros de fianza.

La defensa de Sbert presentó el incidente de recusación después de la publicación de varios wasap y conversaciones del juez con testigos que consideró «incompatibles con la función jurisdiccional», en uno de los cuales insulta a los letrados de las defensas.

La recusación fue admitida a trámite en un auto en el que la magistrada instructora reprochó al recurrente que tergiversara parte de una providencia de Penalva en sus alegaciones y convirtiera «lo que debería ser una sana discrepancia» en «una especie de cruzada universal, traspasando algunos límites que nunca debieron ser cruzados y pervirtiendo la finalidad del propio incidente».

La jueza señaló que varias alegaciones apuntan a la creación de testimonios incriminatorios, algo que la magistrada considera que «torpedea directamente la labor jurisdiccional».

Sobre las alegaciones de construcción de una «verdad judicial» y de que algún testigo ha conseguido determinada condena, la jueza afirmó que suponían menospreciar «la labor desarrollada por distintos operadores jurídicos, no solo por el juez de instrucción» y prescindían del debido respeto a las resoluciones judiciales.

Recordaba que ha habido dos sentencias condenatorias en el marco de esta causa, confirmadas por la Audiencia.
El otro incidente, planteado por la defensa de dos investigados en una pieza separada de la causa principal por agresión y por amenazas a testigos protegidos del caso Cursach, también es por ausencia de imparcialidad del juez, por tener interés en la causa.

El recursador considera que un testigo supuestamente agredido miente y que dicha mendacidad no se ha investigado por falta de imparcialidad del instructor y del fiscal y porque causaría «una grave lesión a la causa principal».

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