La Sección Segunda de la Audiencia Provincial de Castellón ha condenado a un hombre a penas que suman siete años y medio de prisión por haber abusado sexualmente de manera continuada de sus dos hijas con discapacidad intelectual, una de las cuales era menor de edad en el momento de los hechos.
La sentencia, hecha pública por el Tribunal Superior de Justicia de la Comunitat Valenciana, considera probado que el acusado convivía, en mayo de 2013, con su hija en su domicilio en La Vall d'Uixò, ya que cuando ésta alcanzó la mayoría de edad dejó de acudir como interna a un centro de educación especial.
La hija sufre un retraso madurativo mental moderado-severo que en el momento de los hechos la acercaba a una edad mental de aproximadamente 6 años y había sido declarada incapaz.
A dicha vivienda acudía también otra hija del acusado, menor de edad y que durante la semana permanecía interna en un centro de educación especial. Esta hija padece también un retraso mental moderado y se formalizó su acogimiento con otra hermana.
Según la sentencia, ambas hermanas sufrían una deficiencia psíquica severa que les impedía la comprensión e internalización de conceptos abstractos y presentaban ambas una dificultad de expresión verbal, formalización y ejecución de proposiciones y noción del tiempo.
El padre, «valiéndose maliciosamente del déficit mental de su hija mayor de edad que le impedía efectuar una adecuada valoración de sus actos en el ámbito de la sexualidad y de la situación de superioridad reverencial que le otorgaba su condición de padre, convenció a su hija para que habitualmente durmiera con él en su habitación».
El ese contexto de intimidad, el hombre, con propósito libidinoso, «le realizaba tocamientos en los glúteos y pechos», unos hechos que se repitieron en un número que no ha podido ser determinado.
De igual modo y con ocasión de las visitas de su segunda hija de 13 años los fines de semana, el hombre le pedía a la niña que se desnudara y le realizaba tocamientos en los glúteos y los pechos y, en ocasiones, conseguía que la menor le realizara tocamientos a él en sus zonas erógenas.
La sentencia explica que la menor accedía a estos deseos condicionada por el miedo por la actitud violenta y desairada que el padre había mantenido a lo largo de los años con los diferentes miembros de la familia.
A consecuencia de estos hechos, la menor sufrió un moderado trauma psicológico con retraimiento, ansiedad durante la noche, apatía, tristeza e interferencias en su desarrollo psicosocial.
Según la sentencia los hechos son constitutivos de dos delitos continuados de abusos sexuales. Por el primero de ellos, a su hija mayor de edad, se le impone una pena de prisión de dos años y seis meses y la prohibición de aproximarse a ella a menos de 500 metros durante siete años y seis meses.
Por el segundo delito de abuso, a su hija menor, se le impone una pena de 5 años de prisión y la prohibición de aproximarse a ella a una distancia inferior a 500 metros por un periodo de 10 años.
Además deberá indemnizar a cada hija con 6.000 euros por los daños morales y los perjuicios causados.