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La Audiencia condena a una mujer por vender un piso con una plaga de termitas

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La Sección Tercera de la Audiencia Provincial de Palma ha confirmado la condena contra una mujer que vendió como habitable un piso en Palma gravemente afectado por una plaga de termitas, por lo que deberá pagar a los compradores cerca de 60.000 euros.

Según recoge la sentencia, los perjudicados adquirieron la vivienda por más de 250.000 euros con la intención de mudarse del piso de alquiler en el que residían. Aparentemente, la vivienda se encontraba en perfectas condiciones de habitabilidad.

Sin embargo, a los pocos días de completarse la transacción, cuando enseñaban la casa al pintor al que habían contratado para ponerla a punto, descubrieron que una plaga de insectos afectaba a la madera.

La vendedora se desentendió

Los compradores llamaron a dos empresas especializadas que certificaron que la construcción estaba afectada de forma muy importante por una plaga activa de termitas. Ese mismo día contactaron telefónicamente con la vendedora para contarle lo sucedido y pedirle que acudiera a la vivienda para comprobar los daños, pero ésta eludió cualquier tipo de responsabilidad y se desentendió del problema.

Durante los meses siguientes, un perito arquitecto evaluó los daños para determinar las intervenciones necesarias así como cuál era el precio real del inmueble en el momento de la compraventa.

El arquitecto concluyó que los elementos estructurales no estaban dañados pero que era necesario cambiar todos los elementos fijos de la vivienda que contuvieran celulosa -tabiquería y parqué- y descontar las cantidades presupuestadas por la empresa especializada en control de plagas -casi 1.500 euros-, por las obras para reparar los daños -18.300 euros-, y 22.000 euros de pérdida de valor del inmueble, además de otros gastos -4.800 euros-.

Por otra parte, la sentencia recoge que la plaga de termitas de la vivienda es una patología que de por vida necesitará mantenimiento.

La vendedora alegó que la plaga de termitas no era tan catastrófica

Asimismo, un año después de la compraventa, los demandantes requirieron una vez más a la vendedora que se pusiera en contacto con ellos mediante burofax pero ésta hizo caso omiso.

La respuesta de la vendedora a la demanda, ya dentro del proceso judicial, fue que no estaba probado que las termitas se encontraran en la vivienda en el momento de la venta y acusó a los compradores de tener planeado realizar obras de mejora en el inmueble utilizando las termitas como excusa. También adujo su defensa que la existencia de las termitas no era tan "catastrófica".

No obstante, para el juez de primera instancia quedó acreditado que la plaga estaba ya instalada y bien extendida en el inmueble en el momento de la compraventa.

Además, la sentencia de instancia consideró probado que los demandantes no tenían ninguna intención de realizar obras de mejora puesto que su intención no fue nunca la de prorrogar el contrato de arrendamiento anterior.

Ensañamiento contra el perito

Cabe señalar que la representación de la demandada también recurrió la sentencia de instancia. La Audiencia ha considerado que en su recurso hay un ensañamient contra el perito arquitecto que valoró los daños, hacia el que dirigía "todo tipo de descalificaciones en relación a su falta de profesionalidad, objetividad y credibilidad".

De hecho, la demandada incluso interpuso una querella contra el arquitecto al día siguiente del juicio oral, pero no fue admitida a trámite por el Juzgado de Instrucción -una decisión que la mujer apeló pero que fue nuevamente rechazada-.

Además, los magistrados de la Sección Tercera también han apreciado que la actitud de la vendedora al comunicarle los compradores el problema fue claramente negligente y que en el juicio su comportamiento no fue el propio y adecuado de una persona medianamente responsable.

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