La Audiencia Provincial ha impuesto la máxima pena posible -20 años de prisión- a un hombre de 49 años de edad por abusar durante al menos diez años de su hijastra y por hacer lo mismo también de forma continuada con su propio hijo. El condenado vivía con ambos menores y su mujer en un piso del barrio de la Soledat de Palma, donde ocurrieron los hechos.
Según declara probado la sentencia, el acusado comenzó a vivir con su pareja en el año 1996, después de tener un hijo en común con ella. Con ellos residían también dos hijos de la mujer: un adolescente y una niña. El mismo año que se inició la convivencia se produjeron también los primeros abusos a la menor. La víctima padece un retraso mental reconocido con una discapacidad del 65 por ciento. Las relaciones sexuales se prolongaron durante una década y, para favorecer la colaboración de la menor, el acusado le entregaba a cambio dinero o tabaco.
El hermano menor de la menor descubrió los abusos al sorprender al menos en una ocasión a su padre cuando mantenía relaciones con su hermana. Él mismo sufrió en tres o cuatro ocasiones los mismos hechos, en los que su padre le penetraba. El niño, que tenía entonces diez años.
Tabaco
En el juicio, el acusado reconoció que mantuvo relaciones en varias ocasiones con la menor cuando esta tenía 17 años. También reconoció que le entregaba dinero o tabaco. Sin embargo, negó los abusos al niño y que hubiera comenzado a mantener relaciones con su hijastra cuando ésta tenía ocho años de edad. La sentencia, sin embargo, las manifestaciones del acusado no ofrecieron a la sala «convencimiento ninguno».
El Tribunal descarta que exista ánimo de venganza por parte de los menores porque los hechos salieron a la luz años después de que el acusado saliera de sus vidas. El niño estaba en un centro de acogida después de haber sido declarado en desamparo y contó a su madre por teléfono, de manera casi casual, lo ocurrido. La madre reaccionó entonces, habló con su hija y la convenció para que denunciara. La sentencia descarta que en ese momento se produjera ningún tipo de presión por parte de la madre.
La Sala considera que el acusado se aprovechó de su situación de poder sobre las dos víctimas porque era su padre. En el caso de la menor destaca la discapacidad que padece y el largo periodo de tiempo en el que se produjeron los hechos para fijar la condena en la pena máxima fijada por el Código Penal para un delito de abusos: diez años.
Esta misma pena máxima también la impone la Audiencia en el caso de los abusos al niño. En este caso, además de la edad del menor, la Sala valora que tenía graves problemas psicológicos por la propia conducta del padre hacia él.