Tráfico propone que sólo se consideren delito las tasas de alcoholemia superiores a 1 gramo por litro de sangre, mientras que las inferiores a este índice tendrían una sanción administrativa, y que se prohíba de forma expresa hablar con teléfono móvil cuando se conduce. Así lo manifestó ayer el director general de Tráfico, Carlos Muñoz-Repiso, tras la reunión del Consejo Superior de Tráfico que dio luz verde al Plan Nacional de Seguridad Vial para el año 2001.
Entre las propuestas del Plan figura la modificación del artículo del Código Penal que penaliza la conducción bajo los efectos del alcohol, de tal manera que desde el mínimo permitido "0'5 gramos de alcohol por litro de sangre" y hasta 1 sea considerado como infracción administrativa, por lo que seguirá sancionado con hasta 100.000 pesetas de multa y tres meses de suspensión del carné de conducir. Conducir con una tasa superior a 1 sería considerado delito y, por tanto, la pena o la cuantía de la sanción dependerá del juez.
El Consejo propone también que conducir sin el seguro obligatorio del vehículo tenga sólo la sanción administrativa prevista en la Ley del Seguro "entre 100.000 y 500.000 pesetas y precinto inmediato del coche", ya que es más dura que la que se impone cuando se aplica el artículo 636 del Código Penal que, según Muñoz-Repiso, no sobrepasa en la mayoría de los casos las 10.000 pesetas. El Consejo quiere también que se modifique la Ley de Seguridad Vial para prohibir de forma expresa hablar con un teléfono móvil manual, aunque se permitirá hacerlo con uno sin manos o con aquellos que cuentan con auricular, pero sólo en un oído.
A pesar de que Muñoz-Repiso reconoce que el mero hecho de hablar con el móvil puede distraer la atención del conductor, el uso masivo de este aparato en España ha aconsejado hacer estas salvedades. Se permitirá también atender una llamada al móvil en el arcén, siempre que no haya otro lugar adecuado cercano y que el tiempo de parada no exceda de los dos minutos.