A falta de una normativa más específica que regule la circulación de los Vehículos de Movilidad Personal (VMP) en el conjunto del Estado, el municipio de Marratxí se une a la lista de localidades de la Isla que fijan como deben transitar este tipo de vehículos en sus pueblos o ciudades. Esta normativa, aprobada en el pleno del Ajuntament de Marratxí, se refiere en gran parte al uso de patinetes eléctricos que de cada vez más proliferan en el municipio. La nueva ordenanza, redactada por la regiduría de Seguretat Ciutadana, fija en 14 años la edad mínima permitida para poder circular con un vehículo de movilidad personal donde se excluyen, evidentemente, los de movilidad reducida.
Además, la ordenanza publicada este jueves en el Boib también establece que cuando crucen la calzada por un paso de peatones deberán bajarse del vehículo, una práctica que se repite de forma incorrecta en muchas ocasiones. También se prohibe la circulación de este tipo de patinetes eléctricos por las aceras y espacios destinados para peatones.
En los tramos donde el municipio cuenta con carril bici, los patinetes eléctricos, obligatoriamente, deberán circular por ellos. Mientras que en las zonas donde se comparte espacio entre bicis y peatones, estos últimos tendrán prioridad de paso por lo que los vehículos de movilidad personal deberán reducir su velocidad y en ningún caso superarán los 10 km/h. El Ajuntament también recomienda a los conductores de este tipo de vehículos que contraten un seguro de responsabilidad civil que cubra, como mínimo, un importe de 150.000 euros. Se ha fijado un régimen sancionador que va desde 100 a 500 euros según el tipo de infracción. Se considera muy grave conducir de manera temeraria o con tasas de alcohol superiores a las permitidas.