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La Audiencia confirma la titularidad privada y la servidumbre de paso del Camí de Ternelles

El Ajuntament de Pollença no recurrirá la sentencia y seguirá autorizando el paso de 20 personas al día

El 16 de enero se celebró en la Audiencia de Palma la vista previa para resolver los recursos del Ajuntament y la propiedad. | Pere Bota

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La Audiencia Provincial ha confirmado el fallo del juzgado de primera instancia número 2 de Inca que concluyó en octubre de 2011 que el Camí de Ternelles, incluido en el catálogo municipal de caminos públicos de Pollença en 2008 es de titularidad privada y ratificó la existencia de una servidumbre de paso a favor del Ajuntament, servidumbre que viene avalada por una sentencia anterior del Supremo.

Las dos partes implicadas en el proceso (el Ajuntament y la propiedad de la finca) habían recurrido la sentencia de primera instancia, el Ajuntament con el objetivo de defender la propiedad pública del camino y la propiedad de la finca para evitar su obligación de permitir el paso de personas a través de la citada vía, limitado ahora a 20 individuos al día.

La Sección cuarta de la Audiencia Provincial celebró el 16 de enero de 2013 la vista previa para que ambas partes explicaran sus recursos y la sentencia, de la que dio cuenta ayer el alcalde de Pollença, Bartomeu Cifre Ochogavía, apenas se ha demorado un mes. El alcalde avanzó ayer que el Ajuntament no presentará recurso. «El Ajuntament ha hecho las cosas bien y la sentencia tiene que sevir de lección para no hacer experimentos con otros caminos, los que son públicos son públicos y los que son privados son privados y no se pueden incluir en los inventarios municipales a la ligera», concluyó Cifre.

Falta saber ahora si la propiedad presentará recurso ante el Supremo a pesar de que el margen que permite la ley es ya muy limitado.

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